Día: 22 marzo, 2024

FELIPE V. INDULTO POR VIERNES SANTO A UN CONDENADO DE ZARAGOZA POR MUERTE. 1717

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Con motivo de la festividad del Viernes Santo el monarca indulta a Valerio Casaña, maestro de coches de la ciudad de Zaragoza, por la muerte de un aprendiz suyo de un golpe, y por lo que fue condenado por la Audiencia de Aragón a multa con confiscación de sus bienes y seis años de presidio.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Consejos legajo 2.277)

       El Rey.

            Por cuanto por parte de Vos Valero Casaña, Maestro de Coches en la mi Ciudad de Zaragoza, me ha sido hecha relación que habrá dos años y medio que estando con un criado aprendiz vuestro acomodando unas baquetas para un coche a que dicho aprendiz os ayudaba, os enojasteis con él sobre que no tenía derecha la regla para mejor perfección de la obra, de cuyo enfado resultó darle un golpe con las tijeras con que trabajabais, siendo tan infeliz casualidad, causa de que después de pocos días muriese el aprendiz, y os retirasteis a una Iglesia, y en proceso de ausencia os condenó la Sala del Crimen en doscientos escudos de multa y seis años de presidio, y se pasaron a vender los bienes, y salieron más créditos de Justicia contra ellos de lo que valían, y quedó suspendida la venta. Suplicándome que teniendo consideración a lo que sobre este negocio habéis padecido, y haber apartamiento de este pleito por los interesados sea servido de remitiros , y perdonaros toda mi Justicia Civil y Criminal que yo he, y tengo, y podía haber, y tener contra vuestra persona y bienes en que cual1quiera manera por razón y causa de lo referido, o como la mi merced fuese. Y porque en tal día como el Viernes Santo de la Ciudad, que fue en el que por vuestra parte se me suplicó por esta remisión nuestro Señor Jesucristo recibió muerte y pasión por salvar al linaje humano, y perdonó su muerte a los que le crucificaron, y así por servicio suyo, y porque por su Santa Pasión se sirva de alargar mis días, y ensalzar mi Estado y Corona Real y perdonar las almas de los Srs. Reyes mis Progenitores y la mía, cuando de este mundo partiere, usando con vos de clemencia y piedad, siendo así como en vuestra relación se contiene, y que la dicha muerte no fue hecha con saeta, ni en mi Corte, lo cual declaró con cinco leguas alrededor, y guardando las condiciones del dichi Perdón, si algunas hay en él. Por la presente os remito y perdono la referida muerte, y toda mi Justicia Civil y Criminal, que yo he tengo, y podía haber, y tener contra una persona y bienes en cualquier manera por causa y razón de la muerte de dicho aprendiz. Y mando a los del mi Consejo, Presidentes, y Oidores de las mis Audiencias, Alcaldes, Alguaciles de mi Casa y Corte, Chancillerías, y a todos los Corregidores, Asistentes, Gobernadores, Merinos, Prebostes, y otro mis Jueces y Justicias de estos mis Reinos y Señoríos, que os guarden y cumplan, y hagan guardar y cumplir esta mi Cédula de Perdón y remisión que así os hago de la dicha muerte, y que por la dicha causa no os prendan el cuerpo, ni procedan más contra vuestra persona y bienes a pedimento del mi Procurador Fiscal y Promotor de la mi Justicia, de oficio, ni de otra manera no embargante cualquier Leyes y Pragmáticas de estos mis Reinos y Señoríos que haya en contrario, que para en cuanto a esto toca, y por esta vez dispenso, quedando en su fuerza y vigor para en lo demás adelante. Y así por la dicha razón os están entrados, tomados, y ocupados algunos de vuestros bienes, mando que os los den, vuelvan y restituyan luego sin costa alguna, salvo los que por sentencia o sentencias fueren adjudicados a mi Cámara y fisco, o los que fueren vendidos o rematados por las costas, homicillo y despreces, u otros derechos algunos, porque mi intención y voluntad es de no perjudicar en ello a mi Cámara, ni al derecho de las partes a quien tocare  donde estuviéredes preso, que no estándolo por otras causas más que la referida, os suelten y hagan soltar libremente de la dicha prisión, y no procedan contra vos por razón de ella. Fecha en Madrid a ocho de abril de mil setecientos y diez y siete.

            Yo el Rey.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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