Día: 9 junio, 2022

CARLOS IV. MEMORIAL DE LA MADRE DEL P. BARRANQUERO A FAVOR DE SU HIJO.1801

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El Jesuita Juan Ignacio Barranquero se acogió a la Real Orden de 29 de octubre de 1797 que permitía el regreso a España a quienes pudieran costarse el viaje, pero en marzo de 1801 se ordenó a los regresados que volvieran a exilio desde los puertos de Barcelona, Valencia y Alicante. Entre las muchas solicitudes que se elevaron al monarca para evitar esta segunda expulsión se encuentra a la del madre de Barranquero, viuda, que pedía no se le privara de la ayuda de su hijo. No obstante Barranquero volvió al exilio desde Alicante el 11 de mayo de 1801.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Estado legajo 5.065)

Martina Romero del Horno, vecina del lugar de Garcinarro, Provincia de Cuenca, PALRP de VM, expone: es una pobre viuda de edad de 82 años que está a expensas de su hijo, D. Sebastián Barranquero, presbítero, quien por la congrua que disfruta tan escasa de cincuenta ducados anuales, ha sufrido con este continuos infortunios de indigencia con continuos atracos hasta que la suerte feliz hizo venir a otro su hijo D. Juan Ignacio Barranquero de la corte de Roma, religioso jesuita el que, por gracia particular de VM, disfruta doble pensión de los cuatro reales que gozan los demás de su clase, que con su auxilio es indudable experimenta la exponente el más conocido alivio, habiéndose desempeñado en mucha parte de sus atrasos, como es notorio, pero hallándose en el día con la novedad de que su hijo D. Juan Ignacio se presente en el puerto de Cartagena por orden de VM, llena del más vivo dolor de amargura y aflicción en ver que si se verifica tan fatal catástrofe sin duda se le abreviará la corta vida que le queda por las razones expuestas del alivio y consuelo que ha experimentado desde su venida, por tanto suplica a VM rendidamente que en vista de lo expuesto, y con la arreglada conducta que su hijo, el jesuita, ha acreditado en la corte de Roma el espacio de 18 años que ha existido, como también su integridad de que resulta estar premiado con doble sueldo, se digne VM dejar a el referido su hijo, D. Juan Ignacio Barranquero, en la amable compañía de la suplicante, expidiendo para ello la consiguiente orden., De cuya gracia vivirá reconocida. Aranjuez, 25 de marzo de 1801.

ALRP de V. M. Mariana Romero del Horno

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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