CARLOS III. MALVERSACION EN EL COBRO DE LOS TRIBUTOS EN MADRIGAL. 1787

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El Intendente de Ávila, Blas Ramírez, que había tomado posesión en agosto de 1786 procedente de Orán, da cuenta a Floridablanca de que sobre el Corregidor de Madrigal de las Altas Torres, José García de Leca, hay sospechas fundadas de malversación de los tributos reales, de cuya recaudación fue apartado por el anterior Intendente Juan Silva. García de Leca era un letrado de poco crédito por su escasa preparación jurídica y “cortísimas luces”.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 823)

            Exmo. Sr.

            En satisfacción al soberano precepto de V. E. se sirve imponerme en fecha de 16 de febrero último diré que, aunque en el corto tiempo de poco más de tres meses que me hallo sirviendo esta Intendencia, no he tenido motivos de acreditar con la experiencia la aptitud, costumbres, desinterés, actividad, y celo en las materias publicas de D. José García de  Leca, Corregidor de la Villa de Madrigal, he visto por los documentos que existen en esta Contaduría principal, que en el tiempo que corrió a su cargo la cobranza de los reales tributos no se hacía el pago en arcas reales de los tercios vencidos con la debida exactitud y puntualidad, por cuyo motivo el ayuntamiento acordó en 20 de junio de 1785 separarle del encargo y tomarlo a su cuidado con arreglo a la Real Instrucción del año de 1725, notándose igual omisión en la presentación de las cuentas de propios y arbitrios, dando lugar a estrechas reconvenciones de mi antecesor D. Juan Silva. Por lo que respecta a ciencia, o aptitud, he llegado a entender que no excede de la regular para el desempeño de su empleo.

            Dios guarde a V. E. muchos años.

            Ávila y marzo 7 de 1787.

            Blas Ramírez a Conde de Floridablanca.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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