1764

CARLOS III. INFORMES RESERVADOS PARA LA ALCALDÍA DE ALMANSA. 1764

Posted on Actualizado enn

Informes sobre los tres letrados candidatos a Alcalde Mayor de Almansa. Fue nombrado Pascual Nieves Coello, nacido en la localidad murciana de Carcelén en 1713, y con experiencia en la alcaldía de Yecla. El segundo de los propuestos, Juan García de Ávila, siendo alcalde de Campillo de Altobuey se vio envuelto en incidentes por las protestas contra las quintas, en los que se le disparó un arcabuzazo, y aparecieron pasquines amenazadores para su integridad física, por lo que abandonó Campillo y se trasladó a Madrid. Fue designado para la Alcaldía de Lezuza en junio de 1764, lo que no fue de su agrado, renunciando «por temer se le vuelva a disparar por los mismos que lo hicieron en Campillo, ya que Lezuza queda junto al Campillo de Altobuey». Atendiendo a sus razones fue enviado a la Alcaldía Mayor de San Felipe en julio de ese mismo año, como se hace constar en la nota manuscrita del Secretario de Gracia y Justicia, Campo de Villar.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 158).

            La Cámara 26 de mayo de 1764 propone para la Vara de Alcalde mayor de la Villa de Almansa.

            En 1º lugar a D. Pascual Nieves Coello.

            En 2º a D. Juan García de Ávila.

            En 3º a D. Ramón Antonio Roldán Gautel.

            En abril de este año se le consultó al primero, en segundo lugar, para el Corregimiento de la Ciudad de Andújar, y en tercero, en el próximo pasado, para la Vara de Albacete. Consta es antiguo en la Carrera, y que ha servido con aprobación distintas Comisiones y encargos. Que en el año de 1749 se avisó a esta Secretaría  del Despacho de Gracia y Justicia por el Marqués de la Ensenada, que atendiendo el Augusto Hermano de V. M. que santa gloria haya al celo y actividad con que este sujeto estaba siguiendo, y convenía continuase una causa muy grave del Real servicio que le estaba cometida, le había conferido la Vara de Alcalde mayor de la Villa de Yecla, que anteriormente había ya ejercido, y después fue prorrogado en ella el año de 1753, cuya causa parece fue contra distintos expendedores de monedas falsas de oro y plata. D. José del Campo a quien ahora se ha pedido informes de este sujeto, expresa, que es natural del Reino de Murcia, de más de cincuenta años de edad, de integridad, de buena conducta y juicio, hábil, y capaz, y adornado de méritos y circunstancias, por su honrada familia, y trabajosa carrera que ha seguido que le hacen acreedor a la piedad de V. M., asegurando también este Ministro le consta por noticias que ha tomado que en la Residencia que se tomó a este sujeto de la Vara de Yecla, salieron condenados en costas y multados dos vecinos de aquella Villa que le capitularon, y declarado por buen Ministro.

            Al segundo se le acaba de nombrar para la Vara de la Villa de Lezuza, en que vino propuesto en tercero lugar, y antes lo había sido también para otras, habiéndosele conferido el año de1761 la de la Villa de Campillo de Altobuey. De este sujeto consta informó D. Manuel Arredondo Carmona, que es de familia distinguida, que estudió en Granada con aprovechamiento y buen concepto, y buen concepto, y que le conservaba en cuanto a sus buenas costumbres y trato; que en la Vara de Purchena que sirvió se había portado con acierto y desinterés, y sin nota alguna. Que tenía parientes que se hallaban sirviendo a V. M. con honor, y que le consideraba capaz de obtener y continuar es estos empleos. Por aviso pasado a esta Secretaría por el Marqués de Squilache, en marzo de este año, y que se comunicó a la Cámara, mandó V. M. que ésta propusiese a este sujeto en otras Varas correspondientes a su mérito, como en efecto lo hizo para la expresada de Lezuza, y en ésta. Según consta el citado aviso, parece tuvo V. M. presente para aquella resolución además de sus buenos servicios, que de restituirse este sujeto a ejercer la referida Vara del Campillo de Altobuey, podría recelarse otro inulto que contra su persona cometiesen los de aquel Pueblo, respecto de que los mozos interesados en el sorteo de la última Quinta le dispararon un arcabuzazo, y le amenazaron en un pasquín que le fijaron, y por lo que se vio precisado a retirarse a esta Corte. Recelando este sujeto que en efecto lo pongan en ejecución, no obstante no servir ya aquella Vara, respecto estar la Villa de Lezuza inmediata a la del Campillo dd Altobuey, y los agresores del tiro, prófugos, ha recurrido implorando la piedad de V. M., y pidiendo se digne nombrarle en esta Vara de Almansa, en el Corregimiento de Letras de Molina, o en la Vara de San Felipe, que también están vacantes.

            Del tercero ha informado igualmente D. José del Campo que es natural de la Villa de Coronil, del Reinado de Sevilla; que por los informes a Abogados de crédito, y juicio de aquella Audiencia, se sabe será este sujeto de edad de veinte y siete años, y que sin embargo de no tener estudio abierto, se ha podido reconocer en sus estudios y Pasantía, que manifiesta ser aplicado, y tener habilidad, con buen juicio, y una regular conducta.

            Atendiendo a lo que representa D. Juan García de Ávila, nombrado por V. M. para la Vara de Lezuza, me parecía que V. M. nombrase para esta Vara de Almansa al propuesto en primer lugar, que es sujeto de mérito, y al expresado D. Juan García de Ávila para la de San Felipe, y para la de Lezuza que en este caso vacara a D. Francisco Aguilar y Anchía que fue propuesto por la Cámara para ella en primer lugar y tiene muy buen concepto e informes.

            V. M. resolverá lo que fuese servido.

            El Rey se conforma con el parecer del Marqués del Campo de Villar.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

CARLOS III. CONSULTA DE LA CÁMARA PARA DESIGNAR CONSEJERO DE ORDENES POR FALLECIMIENTO DE FERNÁNDEZ DE MADRID. 1764

Posted on Actualizado enn

Tras la muerte del consejero Francisco Fernández de Madrid el 6 de enero de 1764, la Cámara de Castilla propone magistrados para cubrir la vacante, de los que se informa de sus méritos. Fue designado el propuesto en el primer lugar de la terna, el jerezano Martín Dávila y Sigüenza, nacido en 1696, quien durante su etapa de oidor de la Audiencia de Valencia había desempeñado los cargos de Visitador de la Acequia Real de Alcira y desde 1751 el del Real Derecho de Amortización de aquel Reino. Falleció poco después de su toma de posesión como Consejero.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia).

            La Cámara, 21 de enero de 1764, propone  para una Plaza del Consejo de Ordenes.

            En 1º lugar a D. Martín Dávila y Sigüenza

            En 2º a D. Manuel de Azpilicueta

            En 3º a D. Pedro Valiente.

            El primero fue Colegial del Colegio de Cuenca, y Catedrático de Víspera de Leyes de aquella Universidad. El año de 1733 se le confirió Plaza de Oidor de la Audiencia de Valencia; y en el de 1757  se le dieron Honores del mismo Consejo de Ordenes. El año de 1760 se le consultó también en el propio primer lugar para igual Plaza de este Consejo, que no se le dio, habiendo informado entonces el Regente de la referida Audiencia que este Ministro era de corta literatura, de buen juicio, conducta, porte correspondiente, y muy asistente al Tribunal.

            El 2º fue Colegial del Arzobispo en Salamanca; salió a servir Plaza de Alcalde del Crimen de la Chancillería de Valladolid  el año de 1735; el de 1748 se le promovió a la de Oidor del propio Tribunal; el de 755 se le confirió el Corregimiento del Señorío de Vizcaya; y últimamente se le dio el de 1760 la Plaza de Alcalde de Casa y Corte, que sirve.

            Del 3º no se acompaña por la Cámara memorial, ni Relación de sus méritos por no tenerla; pero sirve al presente el empleo de Teniente de Corregidor de Madrid, y la Fiscalía de la Junta de Comercio y Moneda.

            D. Manuel de Figueroa y D. Francisco de la Infantas votaron para el primer lugar  a D. Antonio de Sesma. Este Ministro fue Colegial del Colegio de San Ildefonso de Alcalá. El año de 1746 salió a servir Plaza de Alcalde de Hijos-dalgo de la Chancillería de Valladolid; el de 1754 se le promovió a la de Oidor del propio Tribunal; y el de 760 a la de Alcalde de Casa y Corte.

            D. Francisco de Zepeda votó para el propio lugar a D. Francisco Sancho Granado, que de Colegial del Colegio del Arzobispo en Salamanca, salió a servir una Plaza de Oidor de la Chancillería de Valladolid, que por merced dotal se dio a la Camarista de la Sra. Duquesa de Parma Dª María Luisa (que Santa Gloria haya) Dª Francisca Castañeda, su mujer, el año de 1743, y el de 1755 se le promovió a la de Alcalde de Casa y Corte, que sirve.

            El Gobernador del Consejo votó para el segundo lugar a D. Agustín de Leyza y Eraso. Este Ministro fue Profesor de Leyes en la Universidad de Alcalá, y se graduó de Doctor en ella. Salió a servir Plaza de Alcalde de Corte del Reino de Navarra el año de 1744, y el de 755 se le promovió a la de Oidor de aquel Consejo, que sirve; y según tiene informado el Obispo de Pamplona, es de edad de 44 años, de buenas letras, juicio y prudencia, apto para su Ministerio, y de noble e ilustre familia.

            D. Manuel de Figueroa votó para el mismo segundo lugar a D- Diego de Morales. Este Ministro fue Colegial de Santa Cruz de Valladolid, y Catedrático de Clementinas de su Universidad. Salió a servir la Fiscalía Criminal de la Audiencia de Valencia en año de 1745; promoviósele a Plaza de Oidor del mismo Tribunal el de 1751, y el de 760 a la de Alcalde de Casa y Corte, que ejerce.

            El Gobernador del Consejo votó para el tercer lugar a D. Luis de Urríes. Este Ministro fue Colegial del Colegio de San Bartolomé de Salamanca. Salió a servir la Plaza de Alcalde del Crimen de la Audiencia de Zaragoza, que sirve, el año de 1748; y según los informes del Regente de aquel Tribunal, dicho Ministro es el más antiguo Alcalde de él, de regular desempeño, de genio y juicio festivos, y de conducta esparcida para la seriedad de la profesión.

            D. Francisco de las Infantas votó para el propio tercer lugar a D. Diego Morales, cuyo mérito queda ya expresado.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

CARLOS III. EMBOSCADA EN COFRENTES CONTRA BANDIDOS VALENCIANOS. 1764

Posted on

Diego de Rojas y Contrera, obispo de Cartagena y Gobernador del Consejo de Castilla, informa al Secretario de Guerra, de la acción llevada a cabo en Cofrentes para la detención de la banda de Antonio Requena ” que tenían infestado y atemorizados con sus insultos los Pueblos del Reino de Valencia”. En la emboscada fue muerto un integrante de la banda y otros dos heridos, pero Requena logró escapar. Al tiempo comunica la detención en Requena de “diez reos homicidas” refugiados en un convento y trasladados a Orán.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 1.378)

            Exmo. Sr.

            A consecuencia de la resolución de S. M. que V. E. me comunicó en 28 de febrero de este año sobre lo representado por mí en 3 del propio mes en asunto a los medios que podían conducir a la prisión del facineroso Antonio Requena y sus compañeros que tenían infestado y atemorizados con sus insultos los Pueblos del Reino de Valencia, previne de dicha Real resolución al Regente y Sala del Crimen de aquella Audiencia para que dispusiese lo correspondiente a su cumplimiento, ofreciendo el premio que señalase la misma Sala, debiendo pagar de los gastos de Justicia de dicha Audiencia a la persona que entregase preso a dicho Requena, y otros premios más moderados al que asegurase a alguno de sus compañeros; y habiéndose comisionado por la Sala para estas prisiones a D. Manuel García Pescador, Alcalde mayor del Estado de Cofrentes, me avisa el Regente, en carta que acabo de recibir por el correo, que el citado comisionado en la mañana del día 28 del pasado, teniendo armada una emboscada, y caído en ella tres de los principales compañeros del dicho Requena, se les requirió se entregasen presos, y queriendo resistirse preparando con velocidad las armas que llevaban, se les hizo fuego, de lo que resultó la muerte de uno de ellos, y quedando heridos los otros dos, el uno levemente, que se refugió a sagrado, donde quedaba con guardas curándosele, y el otro más gravemente atravesado de un balazo, y en la mano derecha, y no obstante estar de esta forma, yendo arrastrando con la otra mano, disparó un tiro a uno de los paisanos de la comitiva que había querido reconocerlo por encima de unas tapias, y lo dejó muerto de un balazo por el pecho, sin embargo de lo cual se aseguró al agresor sin sagrado, y se le continúa curando, sobre cuya remoción, y la del refugiado, se quedaba en tomar providencia por la Sala del Crimen, sin que hasta ahora se haya podido conseguir la prisión del principal reo Requena; pero me dice el Regente que mediante las providencias tomadas se ha conseguido el fin de exterminar esta depravada gente, y extraído del convento de San Vicente de aquella ciudad diez reos homicidas que estaban refugiados en él, y salían a hacer hurtos y otros excesos, y con permiso del Juez Eclesiástico, ha dispuesto trasladarlos a una de las iglesias del Presidio de Orán. Lo que me ha parecido participar a V. E. para su noticia, y por si tuviera por conveniente ponerlo en la de S. M.

            Dios guarde a V. E. muchos años como deseo.

            Madrid, 4 de agosto de 1764.

            El Obispo de Cartagena al Marqués de Esquilache. 

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

CARLOS III. PROPUESTA PARA ASEGURAR LA NAVEGACIÓN EN LAS COSTAS DE IBIZA. 1764.

Posted on Actualizado enn

El Conde de Croix, gobernador de la isla de Ibiza, reitera al Capitán General de Mallorca, su petición de mantener armadas dos galeotas para dar seguridad a las embarcaciones que navegan en las Baleares, con Orán y España, defenderlas de los ataques de los piratas, y evitar el contrabando que se lleva a cabo desde Menorca, en posesión de Inglaterra. Sugiere que estén al mando el patrón ibicenco Bartolomé Palau, con experiencia en combatir la piratería berberisca.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 1.366)

1764 7 28 DEFENSA IBIZA_Página_1

1764 7 28 DEFENSA IBIZA

 

Exmo. Sr.

Muy Sr. mío: con carta de 12 de junio  del año pasado de 1762 hice presente a V. E.,  con súplica de que lo expusiese al Rey, lo esencial que sería para la mayor seguridad de nuestras embarcaciones que van y vienen de aquí y esa a Orán y España, el que en este puerto se mantuviese siempre armadas un par de Galeotas; y en su defecto, e ínterin se fabricasen, dos Jabeques; pero no habiéndose hasta ahora determinado, acreditando lo expuesto cada día más y más la experiencia lo importante que es al servicio, a la navegación, y aun a la Real Hacienda para poder evitar el contrabando que de continuo hacen los Mahoneses, sirviéndoles de escala esta Isla cuando van y vienen  de España, y con motivo de hallarse en el día en el puerto de Cartagena la Galeota de que se apoderó últimamente la Escuadra del mando de D. Diego de Torres, renuevo V. E. la solicitud que tuve la honra de hacerle en mi citada carta, esperando de que si merece mi Isla en este particular la aprobación de V. E., y se sirve exponerla a la Real consideración, obtendrá la de S. M. cuando no en todo, a lo menos en el particular de dicha Galeota, que puesta en este puerto (respecto de que siempre de que se arma de pronto en esta Isla jamás se da a los marineros salario ni gratificación alguna, y que con solo la comida, si no hacen presas, van a sacrificarse por el servicio) no tendría otro coste a S. M. que el corto de su manutención, el salario de dos o tres marineros, indispensables para su custodia, y la de sus municiones, y el sueldo que se dignase en Rey señalar al Comandante de ella, que sería conveniente a mi corto entender tuviese grado de oficial (para lograr de la marinería la debida subordinación) debiendo así mismo exponer a V. E. que sería muy a propósito para este encargo el Patrón Bartolomé Palau, sujeto de acreditado valor, conducta y buen marino, y digno como consta a V. E. de que le atienda la Real innata piedad, de quien tan desgraciado, como celoso y amoroso vasallo, con la mayor resignación espera, muy desconsolado, la remuneración de sus repetidos y buenos servicios, y de las heridas que recibió (y de que queda estropeado de una mano) en el último combate que tuvo con los Moros en 26 de mayo  de 1762, y en que con el Jabeque de su mando apresó el de los infieles después de un combate muy reñido; con este motivo no puedo de excusar de exponer a V. E. lo esencial y conveniente que considero es al servicio del Rey el que semejantes sujetos experimenten los efectos del Regio y piadoso ánimo, pues sirviendo a todos de espejo, no solo las gracias, pero también los motivos que dieron lugar a ello, cada cual procura por su parte aventajar a sus compañeros para ser el atendido, de lo que resulta la mayor gloria a las armas.

Repito mi rendimiento a las órdenes de V. E., cuya vida guarde Dios muchos años.

Ibiza, 28 de julio de 1764.

Conde de Croix a Francisco Bucareli y Ursúa.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

CARLOS III. EFECTOS DE UN HURACÁN EN EL PUERTO DE MALLORCA. 1764.

Posted on Actualizado enn

El Capitán General de Mallorca informa de los efectos de un huracán que obligó a regresar a Palma las embarcaciones que habían salido en corso, entre ellas los jabeques reales del famoso marino mallorquín Antonio Barceló dedicados al corso contra los argelinos. Los daños ocasionados por la tormenta impidieron la salida del jabeque correo y perjudicaron las instalaciones portuarias, por lo que se solicitó a Cartagena el envío de tres pontones para dragar el muelle de la capital y la cala de Porto Pi, situada a poniente de la capital.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 1.366)

1764 1 28 EFECTO HURACAN PUERTO MALLORCA_Página_1

1764 1 28 EFECTO HURACAN PUERTO MALLORCA

El Comandante General de Mallorca

Expone, que el día 2 del pasado arribaron a aquel Puerto el Navío de Guerra «El Soberano», la fragata «La Astrea» y los Jabeques del mando de D. Antonio Barceló; que éstos salieron a continuar el corso, y habiendo sido precisados a arribar otra vez se levantó un huracán que los maltrató mucho y a cuantos bastimentos había en el muelle, de modo que el reparo del Jabeque Correo había durado hasta el día 7 de este mes, en que se despachaba, y para obrar semejantes inconvenientes propone que se hagan pasar de Cartagena tres Pontones para limpiarle y darle fondo, de cuya obra necesita también Porto Pi, que por sus buenas proporciones puede abrigar una Armada.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31