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FERNANDO VI. LA AUDIENCIA DE CANARIAS SOLICITA PARA MIGUEL DE LA BARREDA LA PLAZA QUE SERVÍA SU PADRE. 1749.

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La Audiencia de Canarias, tras comunicar el fallecimiento de su Oidor Diego Manuel de la Barreda, y referir su honradez y servicios a la Corona, solicita que se nombre a su hijo Miguel en su lugar. El 29 de enero de 1750 se le concedió la plaza, pese a estar casado con una señora de las principales familias de la Isla. En 1769 pasó a la Península como Oidor de la Chancillería de Valladolid, y fue posteriormente Corregidor de Guipúzcoa y Regente de la Audiencia de Asturias hasta su fallecimiento en 1775.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 150)

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1749 7 14 RECOMENDACION CANARIAS

Señor.

La Rl. Audiencia de Canarias a los Rs. P. de V. M. con el mayor rendimiento hace presente a su Piadosa Benignidad haber fallecido el miércoles nueve del corriente, después de continuadas enfermedades,  D. Diego Manuel de la Barreda, Juez más antiguo de este Tribunal, dejando en total desamparo a su mujer y dos hijas, sin otra hacienda, sin otra herencia que el buen crédito de Ministro Recto y desinteresado, sin otra próxima esperanza que la Piedad de V. M. en favor de D. Miguel de la Barreda, hijo del difunto, quien después de muchos años de estudios en Jurisprudencia Canónica y Civil, se halla de Colegial en el mayor del Arzobispo de Salamanca.

El referido D. Diego de la Barreda tuvo el honor de servir a V. M. 38 años; los 14 en las Alcaldías mayores de Ocaña y Salamanca, habiendo logrado en ésta contribuir con todo desvelo y trabajo a la provisión de granos que tanto necesitaba el Real Ejército en la retirada de Zaragoza año de 710, a cuyo fin recorrió personalmente y con mucho fruto todos los lugares y alquerías de aquella Jurisdicción. Después fue nombrado Ministro de esta Audiencia el año pasado de 725 de que tomó posesión a principios del siguiente año; y ha servido 24 años, en cuyo intermedio, en los de 38 y 42, se le cometieron diferentes Comisiones por el Consejo de las Indias; que todo ha sido acreditar su notorio desinterés, pues sin embargo de no haber jamás mantenido coche no otra ostentación que la precisa decencia correspondiente a su empleo y noble nacimiento, ha muerto en gran pobreza muy gravosa a su viuda e hijas si la Real benignidad no se digna colocar en suficiente empleo al enunciado D. Miguel, lo que ha parecido a esta Audiencia muy de su obligación poner en la piadosa consideración de V. M.

Dios guarde la C. R. P. de V. M. muchos años como la Cristiandad desea y sus fieles vasallos necesitan.

Canaria, 14 de julio de 1749.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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FERNANDO VI. CONSULTA DE LA CÁMARA PARA REGENTE DE LA AUDIENCIA DE ARAGÓN. 1749.

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La Cámara de Castilla propone una terna de colegiales mayores para la plaza de Regente de la Audiencia de Aragón, vacante por el ascenso de Andrés Fernández Montañés a Consejero de Castilla. Es designado José Aparicio Ordóñez, nacido en Gumiel de Hizán (Burgos) en 1696. Tras ocupar la Regencia de Aragón fue Fiscal del Consejo de Castilla y ascendido a Consejero en 1756

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 150)

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La Cámara 22 de enero de 1749 propone para la Regencia de la Audiencia de Aragón.

En 1º lugar D. José Aparicio Ordoñez.

En 2º D. Diego de Guzmán y Bovadilla.

En 3º D. Martín Dávila.

Del primero aseguran los informes reservados que después de veinte y dos años  de Colegial en el Colegio Mayor de San Bartolomé, en la Universidad de Salamanca, y haber obtenido diferentes Cátedras hasta la de Vísperas de Leyes, se le confirió plaza de Fiscal de la Chancillería de Granada en el año de 1737, de la que pasó a la de Oidor, que actualmente sirve, en el de 1742, y que así en la Universidad como en el Ministerio se ha granjeado un gran concepto, y el de ser Ministros de las mejores calidades en literatura, juicio, integridad, y limpieza.

Del segundo consta por los informes reservados que es de familia conocida, que fue Colegial en el Colegio Mayor de Santa Cruz de Valladolid, que fue Alcalde del Crimen tres años de la Audiencia de Valencia, de la que pasó con igual plaza a la de Sevilla el año de 1729, y en el de 1740 ascendió a la de Oidor, que ahora ejerce, y que ha servido con satisfacción general, que es un gran letrado, de mucho juicio y prudencia.

Del tercero se reconoce por los mismos informes que fue Colegial Huésped en el Colegio Mayor de Cuenca, en la Universidad de Salamanca, y Catedrático de Vísperas de Cánones, y que desde el año de 1733 se le confirió la plaza de  Ministro de lo Civil, que está sirviendo en la Audiencia de Valencia.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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FERNANDO VI. ALBOROTO EN IBIZA PARA EVITAR EXTRACCIÓN DE TRIGO. 1749.

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El regidor de Ibiza Vicente Gotarradona informa al Gobernador de la Isla haber sido forzado a redactar un escrito con las peticiones de los campesinos, que exigen no se exporte trigo y que se reparta el que se halla almacenado por la pobreza existente en la isla.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 1.364)

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Muy Sr. Gobernador: hallándome en mi huerto de un improviso me he encontrado cercado de la gente de la campaña, y me han llevado al bosque y me han hecho escribir ésta a V.S. que lo que pretenden es que no salga en trigo de la tierra por encontrarse tan pobres como se encuentran, y que si ha salido que se haga diligencia para hacerlo volver; y en cuanto el trigo que está almacén, que bien contentos que se haga la repartición, que es cuanto se les ofrece cansar a V.S., rogando a Dios le guarde los años de su deseo.

Ibiza, y mayo a los 8 de 1749.

Vicente Gotarradona.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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FERNANDO VI. PROPUESTA PARA LA REGENCIA DE LA AUDIENCIA DE ASTURIAS. 1749.

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Tras el fallecimiento de Miguel de Isunza, la Cámara de Castilla propuso una terna de magistrados para cubrir la vacante de Regente de la Audiencia de Asturias. Tenían en común su condición de Colegiales mayores, catedráticos y magistrados en diferentes audiencias. No obstante, el elegido no figuraba en la propuesta, sino que lo fue Isidoro Gil de Jaz, que era oidor del Consejo de Navarra, y que durante su regencia en Asturias destacaría como promotor del Hospicio de Oviedo.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 150)

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1749 1 22 REGENTE ASTURIAS

La Cámara, 22 de enero de 1749, propone para la Regencia de la Audiencia de Asturias.

En 1º lugar D. Pedro Arredondo.

En 2º D. Francisco de las Infantas.

En 3º D. Pedro José Antolínez de Castro.

De los informes reservados resulta que el primero fue Colegial Huésped en el Colegio Mayor de San Ildefonso de Alcalá, y Catedrático, que es sacerdote, que en el año de 1731 entró a servir con plaza de lo Civil en la Audiencia de Barcelona, que en el año pasado se le confirió la Regencia de Mallorca, que es de mediana literatura, aplicado y celoso, hombre serio y bien intencionado, y que se le encargó una Comisión sobre la contribución de los eclesiásticos con motivo de la Octava, y mandó que se le tuviese presente en plazas de los Tribunales de la Corte.

Del segundo consta por los informes, que fue Colegial mayor de San Ildefonso, y Catedrático de Prima de Leyes en la Universidad de Alcalá, que en el año de 1740 se le confirió plaza de Juez de Grados de la Audiencia de Sevilla, que en el de 1747 ascendió a la de Oidor de la Chancillería de Granada, que actualmente sirve, que ejerció el Corregimiento de Córdoba, que es aplicado y recogido, que estuvo en Sevilla muy estimado por sus prendas, y por el ejemplo y virtud que manifestó en todos sus procederes.

Del tercero se reconoce por los informes que fue Colegial en el Colegio mayor del Arzobispo, en la Universidad de Salamanca, y Catedrático, que en el año de 1737 fue provisto en plaza de Alcalde del Crimen de la Audiencia de Aragón, que en el de 1739 fue promovido a otra de Oidor, que ambas las ha desempeñado competentemente, con el más recto y justificado celo, y cristiano deseo de sus mayores aciertos.

 

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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FERNANDO VI. CONSULTA DE LA CÁMARA PARA OIDOR DE LA AUDIENCIA DE CANARIAS EN MIGUEL DE LA BARREDA. 1749.

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La Cámara de Castilla propone en primer lugar de la terna para Oidor de la Audiencia de Canarias a Miguel de la Barreda, que sería el designado. Fue fundamental en su elección su condición de hijo de Diego Manuel de la Barreda, que acababa de fallecer y había dejado vacante la plaza que se consultaba. El nuevo oidor casó con una señora “de las principales familias” del Archipiélago, donde permaneció hasta su nombramiento como Oidor de la Chancillería de Valladolid, y finalizó su carrera como Regente de la Audiencia de Asturias que desempeñó hasta su muerte en 1775.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. A. G. S. Gracia y Justicia Legajo 150)

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1749 10 13 OIDOR CANARIAS

La Cámara 13 de octubre de 1749 propone para una plaza de Juez de la Audiencia de Canarias.

En 1º lugar D. Miguel de la Barreda.

En 2º D. Juan Luis Novela

En 3º D. Juan Andrés de Losada y Themes

Don Francisco del Rallo dice que el primero tiene de seis a siete años de Colegio en el mayor del Arzobispo en Salamanca, en cuya Universidad ha cumplido en sus actos literarios con habilidad, y que ha mostrado sus buenos principios, teniendo el concepto que corresponde a su edad, y al corto tiempo que ha estado en el Colegio, que la falta de proporción por este motivo procura suplirla con el mérito de su padre D. Diego Manuel de la Barreda ya difunto, que es cierto que sirvió las Varas de Alcalde mayor de Salamanca y Ocaña, y más de veinte años la plaza que por su muerte queda vacante en la misma Audiencia de Canarias que, según se dice, ha muerto pobre y que deja mucha familia, circunstancias que son de consideración, aunque las concibe más propias para conceder al hijo una pensión que le ayudara a seguir la carrera, por la disonancia que hace que herede a su padre en la plaza, sin embargo que le aseguran cumplirá bien en ella.

Que el segundo es Colegial Huésped del Colegio de Santa María de Jesús de Sevilla, y Catedrático de aquella Universidad, que tiene diez y ocho años de estudios mayores, que de ellos ha estado los ocho de pretendiente en esta Corte, que no ha podido averiguar si asiste de Pasante en algún Estudio, que no obstante está conceptuado por sujeto de habilidad, y que es de distinguido nacimiento, y que aunque entre sus paisanos, y también aquí, está muy acreditado, , no le ha podido constar de su sabiduría, pero que hace a su favor la Consulta de la Cámara, y la opinión que merece a cuantos le tratan.

Que el tercero es Colegial de Fonseca en la Universidad de Santiago, que tiene de seis a siete años de Colegio, que ha sido antes sustituto de Relator en la Audiencia de la Coruña, que tiene buenos créditos, y que los informes que ha tomado le aseguran que es bueno.

  1. Pedro Colón dice que el primero, sujeto juicioso y aplicado, y que tiene buena opinión, junta a estas prendas el notorio mérito de su padre, que ha dejado a su familia en mucha pobreza y apartada de su patria, por lo que considera que la memoria que de él hace la Cámara por de justificación y equidad.

Que al segundo le conoce, que es sujeto de mérito, y acreedor a cualquier en la línea literaria.

Que por falta de conocimiento, y de noticias bastantes, no puede hablar del tercero, y que solo ha sabido que há días reside en esta Corte.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons «Reconocimiento – No comercial». El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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