Día: 8 May, 2023

FELIPE V. DESIGNACIÓN DE CORREGIDOR DE LETRAS DE CIUDAD REAL. 1742

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Tras haber cumplido su trienio Diego Falla y Villa, quien había sido Corregidor de Letras de Ciudad Real entre 1739 y 1742, en que pasó a servir el corregimiento de Molina y Atienza, para cubrir su vacante y la Superintendencia de rentas de la provincia de la Mancha, fue nombrado Juan Miguel Díez, que contó con el aval del que fuera Gobernador militar de Alicante, Felipe de Solís y Gante, de quien Díez fue Alcalde mayor por su designación desde 1734.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 148)

            La Cámara 8 de agosto de 1742 propone para el Corregimiento  de Letras de Ciudad Real.

            En 1º lugar D. Juan Miguel Díez.

            En 2º D. Francisco Béjar.

            En 3º D. Lorenzo Ramos de Espinosa.

            D. Gregorio Queipo de Llano dice que el primero, Alcalde mayor de Alicante, cumplió bien en el ejercicio de este empleo, y que está reputado por bueno.

            Que el segundo, Alcalde mayor que fue de Ronda y Córdoba, ha cumplido bien en estos encargos.

            Que el tercero, Alcalde mayor que fue de la Ciudad de Vera, ha desempeñado su obligación en este empleo.

            D. Juan del Castillo de la Concha dice que el primero es sujeto de mérito y juicio, y que así lo ha acreditado en el referido empleo que sirvió.

            Que el segundo es sujeto conocido, y se ha portado bien en las dos expresadas Vaas qe ha ejercido.

            Que el tercero ha servido sin queja alguna en el referido empleo de Alcalde mayor de Vera.

            Nota

            D. Felipe de Solís y Gante con la noticia de haber consultado la Cámara a D. Miguel Díez, expresa el celo y desinterés con que sirvió la Vara de Alcalde mayor de Alicante todo el tiempo que él fue Gobernador de aquella Plaza, y hace presente sus venas prendas, y mérito.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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