Mes: abril 2020
CARLOS III. CANDIDATOS PARA LA ALCALDÍA MAYOR DE LA ISLA DE LA PALMA. 1768
La Cámara propone tres letrados para la Alcaldía Mayor de La Palma vacante por haber cumplido su quinquenio el abogado tinerfeño Mateo López de León. Fue designado Manuel Antonio Ramos, que había sido Alcalde Mayor de la Orotava. Los otros dos candidatos eran canarios: Miguel de la Torre era natural de Telde, y tuvo posteriormente una larga trayectoria en la Península, que culminó en 1800 como Alcalde Mayor de Cádiz; e Ignacio Antonio de Benavides era abogado en La Laguna, y fue posteriormente Alcalde Mayor de la Orotava, Isla de Canaria y Tenerife desde 1787.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 159)
1768 12 20 ALCALDE MAYOR ISLA LA PALMA
La Cámara 20 de diciembre de 1768 propone para la Vara de Alcalde mayor de la Isla de la Palma.
En 1º lugar a D. Manuel Antonio Ramos.
En 2º a D. Miguel de la Torre González Sardina.
En 3º a D. Ignacio Antonio de Benavides y Méndez.
El primero se recibió de Abogado en la Audiencia de Sevilla el año de 1745, y se incorporó en los Consejos el de 46, y en el de 57 en el Colegio de Abogados de dicha Ciudad de Sevilla; pasó en el de 60 a servir la Vara de Alcalde mayor de la Villa de Orotava, Isla de Tenerife en Canarias, que V. M. le confirió; y en los cinco años que la sirvió desempeñó su obligación con acierto y aceptación, y lo mismo practicó en la Comisión que le encargó aquella Audiencia con motivo de haber pedido su Fiscal se comisionase a uno de los Ministros de ella para que pasase a la Ciudad de La Laguna de la referida Isla de Tenerife y Villa de la Orotava, donde se hallaban retardadas muchas causas de muerte, confesión de veneno, y otros delitos, que los Jueces de dichos Partidos no procuraban su substanciación y prisión de los reos, en abandono y menosprecio de las Justicias; habiendo merecido la satisfacción de que dicha Audiencia le aprobase todo lo que ejecutó para evacuar las causas retenidas, prisión, castigo, y remisión de reos a la cárcel de dicha Ciudad, y los Autos que la remitió y formó a dicho fin.
El segundo fue consultado en igual lugar el año de 63 para la Vara de Alcalde mayor de Canaria, y con este motivo informó el difunto D. Tomás Maldonado que este sujeto era natural de la Ciudad de Telde en Canaria, de familia honrada labradora, y sin oficio mecánico. Que había estudiado Leyes en la Ciudad de Sevilla con aprovechamiento y se había graduado y aprobado de Abogado en aquella Audiencia, y después de algún tiempo, acabado de perfeccionar en la práctica, se volvió a Canaria en donde tiene estudio abierto, y se hallaba acreditado, y con aceptación en la Audiencia de ella por su suficiencia y buen juicio; por lo que le consideraba digno de la piedad de V. M.
El tercero se recibió de Abogado en la Real Audiencia de Sevilla el año de 63, y al presente se halla con estudio abierto en la Ciudad de la Laguna, Isla de Tenerife en Canarias, y es uno de los cuatro Diputados del Común; y en su relación expone, que su padre, D. Valentín de Benavides, sirvió sin intermisión de Cadete, Subteniente, Teniente y Ayudante en los Regimientos de España y Milicias de Jerez en el Reino de Granada 22 años; y que se halló en diferentes funciones militares en los ejércitos de Andalucía, Extremadura y Cataluña, y África. Que su tío, D. Antonio de Benavides, llegó a ser Teniente General de los Reales Ejércitos, y fue Gobernador y Capitán General de la Provincia de Mérida, Yucatán, y Puerto de Campeche.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
FERNANDO VI. SOLICITUD DEL DUQUE DE ARCOS PARA PONER EN CULTIVO TIERRAS EN SU SEÑORÍO DE ELCHE. 1746.
El Duque de Arcos, titular del señorío de Elche, solicita licencia al rey para pedir a censo entre 8 y 10.000 ducados para desecar, poner en cultivo terrenos pantanosos de carrizales, cederlos en enfiteusis, y crear en ellos una nueva población.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Consejos legajo 18.387)
Señor.
- Francisco Ponce de León Lancaster y Cárdenas, Duque de Arcos, con la veneración que debe, dice: que en el término de su Villa de Elche, Reino de Valencia, perteneciente al Ducado de Maqueda, hay una porción de doce a catorce mil tahúllas de tierra carrizal que llaman la Balsalarguera, propia de Patrimonio y Mayorazgo que ha servido y sirve hasta ahora de rebalso a las zaguas pluviales, y sobre las del riego de las tierras de la Huerta de Orihuela y Fundaciones Pías que dejó establecidas el difunto Cardenal D. Luis de Belluga, cortadas con un malecón a expensas del Duque, para en tiempos oportunos dar la agua que necesita la Albufera de pesca, también propiedad del Duque, en el mismo término de Elche; y es así que habiendo acreditado la experiencia el precioso fruto que producen las tierras de dichas Fundaciones del Cardenal Belluga, contiguas a las de los referidos Almarjales o Balsalarguera, y en todo conformes a su situación y circunstancias, ha sido el Duque, y es, estimulado por los propios vecinos de dicha Villa de Elche, y diferentes personas de conocida inteligencia y práctica en este asunto, para que ponga en cultivo dichas tierras en la forma que lo han ejecutado las expresadas Fundaciones y otros particulares en distintos terrenos de igual positura, que tenían abandonados el descuido y falta de aplicación en las gentes, asegurándole el Duque, que de emprender la saca y cultivo de las referidas tierras almarjales, aumentará su Patrimonio (sin decadencia de la Albufera, porque tendrá la misma agua cuando la haya menester) de seis a ocho mil ducados de renta cada año, con los demás beneficios que resultan al Real Erario y a aquellos vecinos, que estableciéndoles dichas tierras a enfiteusis, bajo condiciones regulares, tendrán donde trabajar con conocida utilidad a conservarlas, cesando al mismo tiempo el daño que ocasiona la putrefacción de las aguas detenidas a la salud de los labradores contiguos a aquel paraje, y a las tierras confinantes, con los resentimientos que padecen; de todo lo cual, hecho cargo el Duque, desea emprender desde luego esta obra; pero necesitándose para su logro de ocho a diez mil pesos de quince reales vellón, según el tanteo de inteligentes, para los edificios mayores, puentes y demás, que ha de costear su Patrimonio, a poner en uso dichas tierras para su establecimiento, le son impracticables estas expensas por los empeños en que se halla, ocasionados del corto tiempo que goza los Estados, y crecidos dispendios que se le han ofrecido para su casamiento y compostura de Casa. Por lo que, y en atención al conocido beneficio que afianza la experiencia a favor del mayorazgo,
Suplica a V. M. se sirva facultad para que los ocho o diez mil pesos que se regulan a este gasto, les pueda solicitar a censo de tres por ciento de las personas o comunidades en quien halle proporción a este desembolso, dando por finca e hipoteca especial las mismas tierras que van a beneficiarse, y el Pueblo que es consiguiente se forme a sus cercanías con este motivo, y en lo general todas las rentas del Ducado de Maqueda, en que recibirá particular merced.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
CARLOS IV. MUERTE DEL CAPITÁN GENERAL DE ARAGÓN, FÉLIX D’ONEILL 1792
Juan O’Neill, hijo del Capitán General de Aragón Félix O’Neill, y también militar, informa de la muerte de su padre. De familia aristocrática irlandesa, se hallaba al servicio de Felipe V desde 1731. Fue Teniente General desde 1779, Corregidor de Gerona y Barcelona posteriormente, y Capitán General de Aragón tras la muerte del Marqués de Vallesantoro, desde el 24 de octubre de 1784 hasta su fallecimiento.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 6.369)
1792 7 14 CAPITAN GRL MUERTE ONEILL
Exmo. Sr.
Muy Sr. mío y mi especial favorecedor: anteayer 12 falleció a las siete de la tarde mi querido Padre de resultas de una violenta accesión a que no pudo resistir, sin embargo de su robustez y de las fuerzas que todavía le había reservado la naturaleza.
El día antes dispuso que se hiciese la representación a S. M. que en este mismo correo dirigirán a V. E. D. Jorge del Río, Canónigo de esta Catedral, y D. Benito Pardo de Figuerosa, Coronel del Regimiento de la Princesa, albaceas nombrados en el testamento. El objeto de dicha instancia es solicitar de la piedad del Rey se digne transferir a mi anciana y desvalida madre la mitad de la pensión de 50.000 rls. que disfrutaba mi Padre, y repartir la mitad restante entre los tres hijos que quedamos privados de su auxilio y amparo.
Nuestra infeliz madre está postrada en una cama hace cinco años, casi privada de la vista, y acometida de males tan obstinados como crueles. En semejantes circunstancias no podemos menos de recordarnos de la particular amistad que profesó V. E. a nuestro difunto Padre, y de las repetidas pruebas que siempre nos ha dado de su favor y protección; esta consideración, y la esperanza de que V. E. apoyará con su recomendación la última solicitud de uno de sus más eficaces amigos, y del mejor de los Padres, nos dan algún consuelo, y alivian de cierto modo nuestros pesares y angustias.
Dios guarde a V. E. muchos años.
Zaragoza, 14 de julio de 1792.
Juan O’Neille a Conde del Campo de Alange.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
CARLOS III. LA VILLA DE BILBAO SOLICITA LA DONACIÓN DEL COLEGIO DE LOS JESUITAS PARA SEMINARIO DE NOBLES. 1767.
La corporación municipal de Bilbao y el cabildo eclesiástico de la Villa solicitan al Rey el colegio que fue de los jesuitas y sus bienes anexos para erigir un Seminario de Nobles que subsane las carencias educativas de Vizcaya, y en el que se enseñe Gramática, Filosofía, Teología, y Matemáticas.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 667)
1767 10 15 PETICION COLEGIO BILBAO
Señor.
La Justicia, Regimiento y Síndico Procurador general de la Villa de Bilbao, y el Cabildo Eclesiástico de ella, A. L. R. P. de V. M. con el más profundo respeto, dicen: que sus hijos naturales, y los de todo el muy noble Señorío de Vizcaya, están experimentando el grave perjuicio de carecer de Maestros y Aulas donde se les enseñe la Gramática, Filosofía, Teología, y Matemáticas, y necesitado por esta causa a transportarlos a Países extraños para conseguir el fin de su educación, respecto de no tener la Villa suplicante propios para establecimientos, con cuyo motivo, unidos el Cabildo Eclesiástico y el Secular trataron de su remedio, y de un acuerdo y conformidad determinaron acudior a la Piedad de V. M. para representar los daños que se originarían con la falta de educación, y pedir a su Real clemencia se dignase conceder a la dicha Villa suplicante el Colegio que en ella fue de los Regulares de la Compañía, con las Aulas que tuvieron de Latinidad, Filosofía, y Teología, adjudicándola todos los bienes raíces, derechos y acciones, y demás efectos adictos y pertenecientes a dicho Colegio, los que cumplidos sus gravámenes y pensiones a que están sujetos pueden ser de poco o ningún momento, y que con ellos, y los cortos propios, rentas, y arbitrios de la Villa se constituyese ésta en la obligación de erigir en el mismo Colegio un Seminario, donde la juventud, con fija y moderada pensión, pueda instruirse en las expresadas ciencias Matemáticas y demás artes propios de la Nobleza, poniendo dos Maestros de Gramática, tres de Filosofía, uno de Teología Moral, y los correspondientes de Matemáticas y demás Artes, cuyos Maestros hayan de ser precisamente seglares o clérigos sujetos todos a la dirección de un Prefecto de Estudios, y a la observancia de las reglas y constituciones que fuesen del Real agrado de V. M., sin que los del Seminario tengan, ni puedan pretender intervención en la Iglesia que fue de los Regulares para funciones eclesiásticas, pues estas deberán hacerse y correr a cargo de los individuos del Cabildo eclesiástico con tal independencia del referido Seminario que solo deberá establecerse para la instrucción y educación de la juventud; cuya Providencia ambos Cabildos contemplan sería utilísima, así al Estado, por lo que le producirá útiles fieles vasallos para los Reales Ejércitos, y otros destinos, como a la Villa, Señorío y Provincias inmediatas, que carecen del mismo alivio; en cuya atención,
Suplican a V. M. que en consideración a los motivos expuestos se digne conceder a la Villa suplicante el referido Colegio, Aulas, y Bienes para los efectos expresados, bajo las reglas y Providencias que fuesen del Real agrado de V. M., como lo espera, y en que recibirá merced.
Bilbao, 15 de octubre de 1767.
Como Apoderado de la Villa de Bilbao y su Cabildo Eclesiástico
Pedro de Gallarreta.
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FERNANDO VI. NUEVO CORREGIDOR Y GOBERNADOR DE JACA. 1751
El Capitán General de Aragón, Marqués de Castelar, informa a Ensenada que ha dado posesión al nuevo gobernador y corregidor de la plaza de Jaca, el aragonés Ambrosio Funes de Villalpando Abarca de Bolea, marqués de Camarasa, conde consorte de Ricla, que dejó su puesto a Luis Arteaga, su sucesor, dos años después, para pasar a Zamora como gobernador.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Guerra Moderna legajo 1.965)
Exmo. Sr.
Muy Sr. mío: sin embargo de no haberme avisado V. E. que el Rey había concedido el Gobierno Político y Militar de la Plaza de Jaca al Mariscal de Campo don Ambrosio Funes de Villalpando, habiéndome presentado en los despachos correspondientes, y hecho en mis manos el pleito homenaje, he dado las providencias necesarias para que se le reconozca por tal, y lo participo a V. E. así que se halle en esta inteligencia.
Nuestro Señor guarde a V. E. muchos años como deseo.
Zaragoza, 23 de noviembre de 1751.
Marqués de Castelar a Marqués de la Ensenada.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
FERNANDO VII. PETICIÓN DE SOCORRO DEL CÓNSUL DE ESPAÑA EN SICILIA, GUILLERMO DOTTO. 1809.
El Cónsul de España en Sicilia, Guillermo Dotto, que lo era desde 1761, suplica a Martín de Garay, Secretario de la Junta Gubernativa de España en Sevilla, una ayuda económica que compense los gastos que suponía el consulado en Palermo, pues su único ingreso procedía de los derechos consulares provenientes del comercio triguero con España, que con la guerra había desaparecido, y solicita que se tenga en cuenta a su hijo para su promoción a cónsul titular, pues servía el consulado sin título desde 1796.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.517)
Exmo. Sr.
Muy Señor mío: habiendo dirigido por cuadriplicado en fecha 15 diciembre 1808 al Exmo. Sr. D. Pedro Cevallos por cuadriplicado mis respetuosos oficios implorando el reemplazo de mi dilatado alcance, y que además de nunca haber tenido sueldo ni gratificación alguna en el largo espacio de 38 años que tengo el honor de servir S. M. en este empleo, ni tampoco un ayuda por el gasto de esta Cancillería, como es gratificación del Secretario, porte de cartas, y lo demás indispensable; son ya tres años que estoy sufriendo un desembolso de 3.017 pesos fuertes por cuyo particular me veo precisado para suplir a los empeños de subsistencia de mi familia de suplicar V. E. de interesarse y disponer las órdenes correspondientes para poder conseguir un tan dilatado mi reemplazo, por lo que pongo a V. E. copia a la letra de mi anterior exposto como sigue:
Pongo entretanto en noticia de V. E. de no haber don Pío Gómez de Ayala puesto en ejecución los venerados mandados de V. E., que participó al mismo por orden de S. M. de reemplazar el suplemento de mi alcance cual subía a todo diciembre de 1806 a onzas 650 sicilianas, disimulando el referido don Pío mis repetidas instancias, además de onzas 157 y tarines 24, socorro contribuido a todo junio de 1807; a tenor de las notas y recibos originales remitidos y prevenidos de su mano según V. E.; se sirvió comunicarme con su venerado oficio 30 de noviembre 1807; acompaño a V. E. nota y recibos del socorro contribuido desde julio de 1807 a todo abril de 1808: en onzas 31:6, subiendo las sobre expresadas partidas a onzas 839, además onzas 250: 23 por valor de pesos fuertes 616 2/3, gasto ocurrido por el proceso criminal del difunto don Antonio Catalán a tenor de las relaciones y documentos remitidos anteriormente, y que V. E. se sirvió ordenar al expresado don Pío de satisfacerlos; añado asimismo onzas 117; socorro suministrado a los prisioneros franceses en el pasado año de 1807 detenidos en este Real fuerte solicitación del Ministro Saliceti, y a tenor del mandado recibido del Exmo. Señor Marqués de Mos, cuyo repito lo pongo a la letra. En contestación al memorial que Vm. se sirvió remitirme, responde el Exmo. Señor D. Pedro Cevallos con fecha del 30 agosto 1803, lo que sigue: enterado el Rey de cuanto me expone V. E. con sus referidas cartas, y del contenido de la que acompañaba el memorial del cónsul de S. M. en Palermo don Guillermo Dotto, me manda S. M. contestar a V. E. que es su Real voluntad que este Cónsul continúe desempeñando los asuntos pertenecientes al consulado de Francia en aquel puerto durante las ausencias del Cónsul de dicha República, de cuya partida remití cambial a favor de don Pío Gómez, cual nunca me ha contestado,, siendo preciso humillar a V. E. que por las relaciones recibidas la conducta del mismo hace poco honor al carácter que lleva, y mucho menos al Real Servicio; por tanto todo mi alcance a tenor de cuanto está arriba expresado sube a onzas sicilianas 1.206, y tarines 23, la razón de reales 50 vn. por cada onza resultan pesos fuertes 3.017; que suplico V. E. se digne ordenar sean entregados en mano de este caballero D. Gheraldo Robertone, Ministro de S. M. Siciliana siendo este el mejor y más seguro medio para conseguir de esta Real Corte un tal mi reemplazo, y así quitarme de un enredo tan angustioso.
Es cuanto al gasto indispensable anual de esta Cancillería, porte de cartas cualificación de Secretario, y todo lo demás que V. E. se sirvió participarme con dicho su venerado oficio de 30 noviembre de 1807 de remitirle una razón de ellos, debo manifestarle, que el interés sufrido será cerca de pesos fuertes 150 cada año, y éste lo solicitó en tanto no haber tenido sueldo ni ayuda alguna en el largo espacio de años 37; de mi servicio, por cuyo particular se servirá V. E. tomar aquel albedrío que creerá de justicia correspondiente sin considerar lo que me causó el falucho despachado en Génova por notificar a S. M. el parto de esta Princesa, ya que fue de mi voluntad, y sólo suplico a V. E. de tener en consideración el dilatado mi reemplazo, por cuyo motivo, para poder suplir a los empeños de subsistencia de mi familia, fue precisado pedir un préstamo de quinientas onzas, cuyo rédito subió hasta el día onzas 60; que corresponden a pesos fuertes 150. Suplico asimismo continuar V. E. su poderoso auxilio y protección a este mi hijo don Pedro con facilitarle algún auxilio por su subsistencia, ya que yo no puedo por las circunstancias actuales del comercio proveerle el correspondiente.
Estoy siempre pronto a la orden y disposición de V. E.; y y ruego Dios guarde su vida dilatados años.
Palermo, 20 junio de 1809.
Guillermo Dotto a Martín de Garay.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
CARLOS IV. EL EMBAJADOR AZARA DENUNCIA LAS MANIOBRAS PARA RESTAURAR A LOS JESUITAS. 1791.
El embajador en Roma José Nicolás de Azara informa al conde de Floridablanca, Secretario de Estado, de diversas maniobras que favorecen a los jesuitas: en Polonia se intenta que la Dieta solicite al Pontífice la restauración, corren por Roma escritos clandestinos a su favor, y Pío VI se rodea de antiguos y destacados miembros de la orden.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.581)
1791 2 9 AZARA SOBRE JESUITAS POLONIA
Exmo. Sr.
Muy Señor mío: en carta de 28 del pasado se sirve V. E. prevenirme haber recibido carta de Varsovia de D. Pedro Normández en que avisa los manejos extraordinarios de los exjesuitas para inducir la Dieta de aquel Reino a que pida al Papa el restablecimiento de la Compañía, y me manda V. E. que esté a la mira para impedir que esta Corte entre en semejante proyecto.
Desde que tuve la honra de comunicar a V. E. estas mismas noticias pude conocer que yo no me descuidaría de indagar todo lo que fuese concerniente a ellas, y en caso necesario de impedir la ejecución del proyecto. De hecho he seguido este asunto informándome todas las semanas de lo que avisa el Nuncio de Polonia, que no obstante su conocida pasión por los Jesuitas se porta en esta ocasión con mucha prudencia y habilidad, impidiendo que la Dieta convenga en el paso decisivo de pedir dicha resurrección. El referido D. Pedro Normández habrá avisado naturalmente lo mismo a V. E.; y cuando se verificase que la Dieta hiciese una demanda tanto imprudente, espero que la prudencia de este Ministerio no se prestará a ella según los pasos que ya tengo dados a este fin, y las reflexiones tan naturales que por vía de prevención les he expuesto.
Noticiosos estos Jesuitas de lo que pasa en Polonia han comenzado a hacer también sus diligencias para preparar el terreno aquí en Roma, y disponer los ánimos a su favor. A este fin han esparcido clandestinamente a sus amigos, y aun a algún Ministro Pontificio, un discurso manuscrito que suponen pronunciado en Polosko del Alba Rusia el día de la elección del supuesto Vicario General. El tal discurso cuanto es sedicioso e insolente, tanto es capaz de mantener el fanatismo del partido; pero sería muy fácil rebatir toda su sofística declamación. Yo tengo el tal discurso, y estoy informado del uso que van haciendo de él por el lugar. V. E. se imaginará que no me descuido en aplicar el contraveneno. Había pensado hacer una copia, y tal vez la haré para enviar a V. E., pero en verdad cuasi no vale la pena, porque está V. E. cansado de oír semejantes paradojas.
Más embarazado me hallará con otra especie también jesuítica que combina con las precedentes. No contento el Papa con mantener a su lado el tantas veces nombrado Zacaría, y de haber traído aquí como por su coadjutor a Bolgeni, cuya doctrina y fanatismo conoce V. E., y de verse servido de éste únicamente para la formación del Breve a los Obispos de Francia, acaba de hacer venir otro tercero Ayudante Jesuita llamado Mozzi, uno de los más señalados campeones de su partido. Este acaba de publicar fuera de Roma un libro sobre cosas de su Teología, y en una nota, hablando de la extinción de la Compañía, la atribuye a manejo únicamente de los Ministros españoles, a sus intrigas, a sus sobornos, y a su irreligión, etc. etc. Como yo no podré disimular esta insolencia, y que se trata de acusarlo al Papa que acaba de nombrarle su Consultor, la cosa no es la más fácil del mundo. Además de eso el libro gira clandestinamente y aún no le tengo en mi mano en propiedad.
Reitero a V. E. mi constante veneración, y quedo rogando a Dios le guar de muchos años.
Roma, 9 de de febrero de 1791.
José Nicolñas de Azara a Conde de Floridablanca.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
CARLOS III. DAÑOS DEL GANADO LANAR Y CABRÍO EN LOS CULTIVOS DEL CAMPO DE LORCA. 1786.
El corregidor de Lorca, Sebastián Ventura de Sedano, informa de la situación de la explotación ganadera en el extenso término municipal de Lorca, donde destaca el comercio de mulos y el importante número de cabezas de ganado cabrío y lanar en manos de gente poderosa de la localidad, y el perjuicio que causan en los cultivos con las consiguientes tensiones sociales.
(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 824)
Hay algunos individuos que negocian en ganado mular con grandísimas ventajas, comprando lechares, criándolas, beneficiándolas con gran esmero, y vendiéndolas con un lucro considerable que promueve este ramo de industria con beneficio del público y notorio adelantamiento de la cría de dicho ganado.
La del cabrío y lanar está muy pujante en Lorca, cuyo campo tiene unas anchuras o amplitudes que convidan a ello, lo mismo sus montes. Pero el dolor es que aplicándose por lo común a este granjería los poderosos, éstos pretenden abusar de su predominio, quieren que sus ganados anden libremente por la huerta, donde por ordenanza no deben entrar; los olivares y demás arbolados los destruyen, no hay sementero libre de sus estragos; y por fin en habiendo un dependiente de justicia, o el mismo corregidor, que trate de contener este desorden radical, al punto empiezan las conspiraciones y movimientos turbativos de la Paz y autoridad pública, de suerte, que no hay medio que no se pruebe para hostilizar y perseguir al tal corregidor siempre que trate de cohibir en los ganados la libertad y posesión de comérselo todo. No ha habido en Lorca inquietud, desavenencia ni movimiento alguno, que no haya tenido este principio. Ningún corregidor ha tenido que padecer como haya tolerado que los ganados de los poderosos anden libremente por donde quieran, este es el modo que haya paz; sino, al punto empiezan las agresiones hasta volver las cosas al estado antiguo a costa de la reputación, buen concepto y honor del magistrado que ha tenido el atrevimiento de interrumpirlo. Este es el caso idéntico en que yo me he visto; no ha habido disfación, recurso, ni hostilidad que no hayan preparado algunos de estos poderosos para intimidarme, y a todos mis dependientes, con objeto a conservarse en el goce de comérselo todo con sus ganados; pero mi espíritu superior a todo, con el conocimiento muy seguro de que no puede Lorca prosperar sin cohibir el exceso de dichos ganaderos, y estimulado de mi conciencia, he hecho frente a ellos, debiendo asegurar a mis sucesores, que en no tratándose de promover con el mayor celo las denuncias procurando que estas sean justas, será esto una desolación, como en el día se experimenta, que estando para retirarme yo, los dependientes no se atreven a mover, llenos de terror e intimidados; y así, los daños de los ganados en el campo, huerta, olivares, viñas, y arbolados, son grandes, y los clamores también iguales.
*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.
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