Papa Pio VII

FERNANDO VII. MEMORIAL DE JESUITAS ESPAÑOLES RESIDENTES EN GÉNOVA SOLICITANDO SOCORRO. 1814

Posted on Actualizado enn

En nombre de 20 jesuitas exiliados en Génova, cuatro destacados padres solicitan dos días después de que fuera restaurada la Compañía por Pío VII por la Bula “Solicitudo ómnium ecclesiarum”, un socorro para remediar su situación de miseria de una pobres viejos achacosos.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.518)

1814 8 9 MEMORIAL JESUITAS GENOVA_Página_1

1814 8 9 MEMORIAL JESUITAS GENOVA

Exmo. Sr.

Señor.

La miseria, por no decir la extrema necesidad a que se ven reducidos los ex jesuitas españoles residentes en Génova y sus riberas, les precisa a concurrir de nuevo a nuestro Católico Monarca el Sr. D. Fernando VII que Dios guarde, por el conducta de V. E. su Fidel Ministro y sabio Consejero, suponiendo que las otras Cartas y Memoriales, que han tenido el honor como el presente de dirigir al Trono de S. M. C. no hallase llegado a las manos de V. E., pues de otra suerte hubiera ya probado ya resultas favorables a sus súplicas atendida la justicia de la causa protegida por un personaje de las relevantes prendas de V. E. que tan justamente sabe apreciar nuestro Amantísimo Soberano.

Señor. La innata bondad de V. E. no pudiendo sufrir que perezcan de hambre como unos 20 fieles vasallos de V. M. C. (que a este corto número están reducidos los ex jesuitas españoles, que viven en esta Ciudad y sus riberas) sabrá excusar las repetidas molestias de los suplicantes, los cuales viejos todos, achaquientos y miserables, no tienen otro apoyo para con S. M. C. que el de V. E. en quien después de Dios ponen toda su confianza, y no cesarán de rogar al mismo Todopoderoso por la conservación de la preciosa vida de V. E. y mayor prosperidad de su ilustre y esclarecida Familia, mientras tienen el honor de declararse, y protestarse en nombre de todos.

Los más seguros y humildes Servidores.

Génova y agosto 9 del 1814.

Antonio Conca, José Servent, José de la Fuente, Joaquín Llaguno.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

FERNANDO VII. CARTA DEL REY A PÍO VII COMUNCÁNDOLE LA RESTAURACIÓN DE LA COMPAÑÍA DE JESÚS. 1815

Posted on Actualizado enn

Fernando VII comunica al Papa, quien había restablecido la Compañía de Jesús en 1814, que había seguido para España la misma determinación, si bien el monarca hacía referencia al decreto de 29 de mayo que sólo restauraba la orden ignaciana en los pueblos que lo habían solicitado, pues el restablecimiento sin restricciones no se produciría hasta el 3 de mayo de 1816.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.518)

1815 6 1 FERNANDO VII A PIO VII_Página_1

1815 6 1 FERNANDO VII A PIO VII

Beatísimo Padre:

Movido mi Real ánimo de las repetidas instancias que me han dirigido varias provincias, ciudades y pueblos de mis dominios, algunos arzobispos, obispos y otras personas eclesiásticas, pidiendo que restableciese la religión de la Compañía de Jesús; y teniendo muy presente todo cuando S. Santidad se dignó aconsejarme sobre este importantísimo negocio, he venido en expedir, con fecha de 29 de mayo próximo pasado, el Real Decreto de restablecimiento de la religión de la Compañía de Jesús en los términos que V. S. verá por el adjunto impreso.

Con este memorable Decreto he creído solemnizar dignamente los días de San Fernando, haciendo un gran bien a la religión de Jesucristo, y un obsequio a V. B., a quien ruego muy encarecidamente se sirva darme, y a toda mi real familia, su apostólica bendición”.

Palacio de Madrid, 1º junio de 1815

Hijo el más afecto, Fernando

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31

FERNANDO VII. CARTA DEL REY A PÍO VII COMUNCÁNDOLE LA RESTAURACIÓN DE LA COMPAÑÍA DE JESÚS. 1815

Posted on Actualizado enn

Fernando VII comunica al Papa, quien había restablecido la Compañía de Jesús en 1814, que había seguido para España la misma determinación, si bien el monarca hacía referencia al decreto de 29 de mayo que sólo restauraba la orden ignaciana en los pueblos que lo habían solicitado, pues el restablecimiento sin restricciones no se produciría hasta el 3 de mayo de 1816.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.518)

1815 6 1 FERNANDO VII A PIO VII_Página_1

1815 6 1 FERNANDO VII A PIO VII

Beatísimo Padre:

Movido mi Real ánimo de las repetidas instancias que me han dirigido varias provincias, ciudades y pueblos de mis dominios, algunos arzobispos, obispos y otras personas eclesiásticas, pidiendo que restableciese la religión de la Compañía de Jesús; y teniendo muy presente todo cuando S. Santidad se dignó aconsejarme sobre este importantísimo negocio, he venido en expedir, con fecha de 29 de mayo próximo pasado, el Real Decreto de restablecimiento de la religión de la Compañía de Jesús en los términos que V. S. verá por el adjunto impreso.

Con este memorable Decreto he creído solemnizar dignamente los días de San Fernando, haciendo un gran bien a la religión de Jesucristo, y un obsequio a V. B., a quien ruego muy encarecidamente se sirva darme, y a toda mi real familia, su apostólica bendición”.

Palacio de Madrid, 1º junio de 1815

Hijo el más afecto, Fernando

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

88x31