Día: 15 marzo, 2022

FELIPE V. PROPUESTAS PARA  CONSJERO DE CASTILLA. 1743

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Para cubrir la vacante por fallecimiento de Juan Francisco de la Cuadra Cepedo, la Cámara prepone tres letrados, de los que se designó al propuesto en primer lugar, Juan Antonio Samaniego. Salmantino nacido en 1681, falleció el 23 de julio de 1771. Juan Curiel fue Consejero desde 1745, y Pedro Salvador de Murto lo fue en 1753

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia 148)

La Cámara, 22 de junio de 1743, propone para una plaza vacante en el Consejo de Castilla.

            En primer lugar a D. Juan Antonio Samaniego. Después de haber regentado en la Universidad  de Salamanca la Cátedra de Prima  de Leyes menos antigua salió a servir la Fiscalía de la Junta de Obras y Bosques en año de 1713. Fue Gobernador del Real Sitio de Aranjuez, y desde el año de 1733 sirve la Fiscalía del Consejo de Guerra.

            En 2º D. Juan Curiel. De Colegial mayor de Cuenca en la Universidad de Salamanca, salió el año de 1722 a plaza de Alcalde de la Cuadra de la Audiencia de Sevilla, en el de 1724 ascendió a la de Juez de Grados de ella, en el de 1739 a la de Alcalde de Casa y Corte, y en el de 1741 a la de Fiscal de Justicia del Consejo de Hacienda, que actualmente ejerce.

            En 3º D. Pedro Salvador del Muro. En el año de 1734 se le concedieron Honores de Alcalde de Casa y Corte, en atención a que estaba sirviendo de Alcalde mayor del Real  Sitio de San Ildefonso, y desde el año de 1740 es Ministro Togado del Consejo de Hacienda.

            Acompaña la Relación de los sujetes que tienen Honores y antigüedad del Consejo, a quienes dice no propone, porque pende del arbitrio de V. M.  el mandar que pasen a servir.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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