Día: 8 marzo, 2022

FELIPE V. RETRATO DEL REGIDOR DE CUENCA BUEDO GIRÓN, JUEZ MAYOR DE VIZCAYA. 1723

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El Consejero de Castilla Baltasar de Acevedo, hombre próximo a Melchor de Macanaz, traza un perfil muy favorable que regidor de Cuenca Francisco Buedo Girón, propuesto para una plaza de Alcalde de Casa y Corte vacante por el fallecimiento de José Cenzano. Buedo ejerció como Juez Mayor de Vizcaya durante los años de la guerra de España con la Cuádruple Alianza (1717-1720). Pese a los elogios de Acevedo la plaza recayó en Saturnino Daoíz, quien llegaría a ser en 1730 Consejero de Hacienda.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 137)

Que el segundo es Abogado, y siendo Regidor de Cuenca, concurrió a diferentes servicios, y se le encargaron varios negocios por el Consejo y su Gobernador; que el año de 1712 fue nombrado Teniente de Corregidor de Madrid, y en el de 1715 se le confirió la plaza de Juez mayor de Vizcaya, que sirvió con aprobación; que pasó con D. Tomás Melgarejo a aquella Provincia a la averiguación y castigo de lo sucedido en ella. Y fenecido este encargo le confirió V. M. el Corregimiento de Vizcaya y plaza Supernumeraria de Alcalde del Crimen de Valladolid; que en este tiempo con la entrada de las tropas de Francia en Guipúzcoa, y venida de la Armada Inglesa a las costas de Cantabria, trabajo mucho, y se debió a su cuidado haber libertado considerables porciones de pólvora y fusiles; que fenecido el Corregimiento pasó a Navarra a la averiguación de los desórdenes ejecutados por los soldados del cordón, y en todo ha procedido con gran celo y desinterés; que es muy aplicado al trabajo, su literatura muy correspondiente, sus operaciones muy conocidas en la Corte, y en el común concepto digno acreedor a esta plaza, y en su dictamen sin competencia de los otros dos, por la experiencia y conocimiento que tiene del sujeto.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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