FERNANDO VII. MEMORIAL DEL JESUITA ARGENTINO FRANCISCO ITURRI. 1817

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El jesuita Francisco Iturri, nacido en Santa Fe, suplica al rey que se le devuelva una segunda pensión que alega le fue concedida por su “Carta Crítica sobre la Historia de América” de Juan Bautista Muñoz. Su petición fue denegada porque la Junta de Restablecimiento de la Compañía suspendió todas las pensiones de gracia que gozaban los jesuitas, y eran una treintena aquellos que eran autores de obras impresas.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Estado legajo 3.518)

            Señor.

            El sacerdote exjesuita abajo firmado en su edad de ochenta años, postrado a los Rls. Pies de V. M. respetuosamente expone, verse privado por orden de la Real Junta Jesuítica de la segunda pensión, con que el Rey se había dignado premiar su apología impresa del honor y mérito de nuestra Nación en un ramo esencial de sus historias. Esta orden improvisa en los últimos años de su edad, en el seno de sus graves achaques contraídos en las cárceles que sufrió en Roma por no jurar a José Bonaparte, y mantenerse fiel a V. M., y en la imposibilidad de industriarse para vivir en tiempos de tanta carestía, y de precios tan subidos de alimentos, acongoja demasiadamente al suplicante, y lo reduce al estado más deplorable; en el cual no le queda otro recurso que la Real Clemencia, e innata compasión de V. M. Por tanto,

            A estas se acoge, estas humildemente implora, y de ellas solo espera su alivio el suplicante, quien no cesará de levantar sus manos al cielo para empeñar la Omnipotencia en la felicidad de V. M., coronando vuestra Soberana frente de todos los laureles de la gloria, del poder, y de grandeza, como lo hace y ha practicado siempre éste su más fiel, rendido, y apasionado Vasallo y Capellán.

            Roma y septiembre 28 de 1817.

            Francisco Iturri.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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