Día: 10 noviembre, 2021

FELIPE V. POLÉMICA SOBRE REPRESENTAR COMEDIAS EN MALLORCA. 1732

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Tras más de treinta años de no haberse representado comedias en la isla de Mallorca, los regidores de Palma solicitaron permiso para celebrar representaciones con el propósito de recaudar fondos para el sostenimiento del Hospital General de la ciudad. A esta petición se opusieron el Capitán General, el Obispo y el Intendente, cuyos informes basaron su oposición en los desórdenes que podrían provocar las comediantas en la juventud y en la tropa. Si bien el fiscal del Consejo de Castilla expresó su conformidad a que se concediera la licencia a representar comedias por haberlo pedido el ayuntamiento de Palma, el pleno del Consejo la desestimó por temor a “algún desasosiego o inquietud que es mejor evitar”, lo que fue confirmado por el monarca.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Consejos libro 1.902)

            Señor. En papel de 11 de junio de 1728 remitió el Marqués de la Compuesta de orden de V. M. al Consejo unas cartas del Capitán General, Regente, Obispo, y Corregidor de Malloca, escritas con motivo de haber intentado los regidores de Palma una compañía de representantes para que con obtención de células que acompañaban, y teniendo presente lo resuelto por punto general sobre comedias y las especiales razones y circunstancias que exponen los ministros principales de Mallorca para que no se admitan en aquella isla, consulte a V. M. con vista de uno y otro lo que se ofreciere y pareciere.

            Redúcense estas cartas a exponer de los dos regidores que cuidan del Hospital General de la ciudad de Palma con pretexto del socorro de éste, solicitar llevar una compañía de farsantes, y para ajustarlos fueron dos de Orihuela sin que por entonces se ofreciese reparo al Capitán General, y hasta que comunicada la materia con el Obispo y Regente le representaron la orden de V. M. para remediar escándalos públicos lo reparable que por esto sería permitirse las comedias sin dar cuenta a V. M. , los perjuicios espirituales y temporales que ocasionaron en aquella ciudad cuando las hubo, pues sin embargo de ser su representación acto indiferente por los recientes escándalos y falta de medios no podía pesar de ser perniciosas y pecaminosas, y que por unos pocos medios como representaban los vecinos cuando se les exigen las contribuciones reales, no podían producir las comedias aún lo preciso para el sustento de los comediantes, siendo por esto el socorro de aquel Hospital un pretexto mero aparente, cuya representación acompañaron los rectores y prelados eclesiásticos y otras personas de virtud y prudencia; y enterado el Capitán General previno al Corregidor y a uno de los regidores del Hospital se despidiese a los comediantes que habían ido. En que convinieron de que sentidos algunos regidores solicitaron mover la ciudad para esforzar su pretensión, y no pudiéndolo conseguir estando el Corregidor presente en el Ayuntamiento, celebraron otro el día veinte y cuatro, presidiendo el Alcalde mayor, en que sin su asenso resolvieron acudir a la Audiencia con petición pidiendo licencia para llevar y ajustar Compañía, fundando tener derecho para ello en virtud de Reales Cédulas ganadas para aquel Hospital de la Majestad del señor Carlos II, que en gloria haya; con esta noticia el Corregidor dio orden para sustanciar dar cuenta de dicha petición, y no obstante, el marqués de Arián, regidor decano, insistió en que se siguiera la instancia mediante haberla acordado solemnemente la ciudad, y pasó personalmente en su solicitud a la Audiencia, y aunque en Ayuntamiento extraordinario que hizo convocar el Corregidor el día vente y cinco expuso los justos motivos que había para esta prohibición y la repugnancia de los ministros y prelados, a excepción de un capitular, acordaron los demás de conformidad seguir la instancia hasta el logro, aunque para el dio fuese necesario ocurrir a V. M.

            El Capitán General se queja de que con este recurso a la Audiencia ha tirado la ciudad a desairar y desautorizar su empleo dando a entender al allí superior que revoque sus determinaciones, siendo así que estas licencias tocan a los Comandantes Generales del Reino, y cuando estos las han negado se ha recurrido a V. M., de cuyos ejemplares acompaña tres cédulas expedidas los años de ochenta y seis y ochenta y siete, y añade haber expuesto el obispo de que si iban los comediantes los excomulga haría a ellos y a quien los fuere a ver, y todos convienen en que aquellos naturales solicitaban por todos medios vivir en libertad y embarazar las providencias dadas para evitar sus desórdenes.

            En 3 de agosto del mismo año los administradores de la ciudad de Palma ocurrieron al Consejo, y motivando que siempre se han representado comedias en aquella ciudad, como constaba de Reales órdenes de los años de ochenta y seis que presentaría y ser precisa su permisión para el socorro y sustento de los pobres enfermos de él, y presentando también una relación de los jurados y regidores del Hospital en que deponen la utilidad que se le sigue en las comedias, y el importe de lo que esto producía, que en algunos años no llega a doscientas libras, que en el año de uno a dos llegó a cerca de siete mil, y con estos útiles compró un censo de mil cuatrocientas noventa y cuatro libras de principal; pidieron se les concediese licencia, y a la ciudad para poder llevar una compañía de representantes, y lo mismo pidió la ciudad.

            Y dado vista al fiscal juez de dictamen que el Obispo, Capitán General, Regente e Intendente informasen separadamente con toda individualidad las razones particulares que concurren en aquella isla y ciudad para distinguirla de las demás estos Reinos y prohibirles las comedias que en otros tiempos ha habido.

            Y habiendo presentado después la ciudad un Acuerdo que celebró para seguir esta instancia por ser la tercera parte del producto de comedias para socorros a aquel Hospital.

            Mandó el Consejo se juntasen a este expediente las órdenes y reales resoluciones que hubiese por punto general sobre comedias, y sobre representación informasen el Obispo y Regente de Mallorca.

            El Regente informó que en algunas ocasiones, con licencia de V. M., ha habido comedias en aquella ciudad, que con su producto se socorre el Hospital, que el obispo antecesor a éste, celoso y opuesto a esta diversión, persuadió al Capitán General a echar de allí a los comediantes el año de veinte y ocho, que tendrían todos los jefes que concurrieron a esto motivos justos para embarazarlo, pero que él, entendido de lo que es el País, y sin embargo de la ciudad es muy numerosa, no juzga no comprehende especial inconveniente en que se permitan las comedias, el genio de aquellos naturales es alegre y aunque el pueblo y nobleza es mucha y ociosa por falta de diversión, está muy arreglada, y también la tropa que es poca; que el Hospital General y los niños expósitos tienen sus rentas muy decaídas y disminuidas las limosnas por lo que el Hospital está tan pobre como ponderan los administradores.

            El Obispo de expuso que si fueran los comediantes sería desaire de la autoridad del Capitán General, Audiencia, y su antecesor, y que habiéndose informado de los motivos con que estos se opusieron le han asegurado que eran muy graves y que entonces los hicieron presentes a V. M., y que si en aquella ocasión instaron al Capitán General los rectores, prelados, y otras personas la autoridad para que se opusiese a la admisión de comedias, hoy le han repetido las instancias su confesor y otras personas graves y virtuosas, que no presuma que su antecesor procediese compasión si no prevenido del rector dictamen de su interior; que los caballeros y moradores de aquella isla son tan buenos y obedientes a su prelado como puede desearlos, por cuyas razones y prescindiendo de los que unos y otros dijeron y dicen, es de sentir que pues sin comediantes se goza en aquella isla de paz y quietud, no se aventura por ahora con la venida de ellos, que sin duda alguna ocasionarían las discordias, habiendo como hay muchos y poderosos de una y otra opinión; que tampoco se persuade que de su venida podría sacar el Hospital General un gran socorro porque teniendo la mala condición del tiempo tan atrasados los moradores de aquella isla, se persuade que pagando el coste de ida y vuelta y otros gastos, sería nada lo que sóbrase aplicable al Hospital.

            El Capitán General en 30 de enero de este año (aunque no se le pidió informe, repitiendo copia de las cartas de antecedentes que hubo el año de veinte y ocho) dice subsisten hoy los mismos riesgos e inconvenientes que entonces por los desórdenes que las comediantas causaron en la juventud ociosa y mal educada que hay allí, y mas no viéndose con frecuencia; que el crecido número de militares que también no le sobra cosa alguna para sus menesteres y se arrimarían mucho arrastrados de la profanidad de mujeres que pisan teatros; que esta especie la han intentado diferentes sujetos con dos fines, uno el de complacer a sus mujeres inclinadas a estos pasatiempos, y otro el de adquirirse te réditos de benevolencia; que el Hospital no necesitará de este alivio paliado si sus rentas y arbitrios se administraran bien, pero siendo unos los que nos cobran y deben pagarlos, pasan disimulándose unos a otros, siendo considerables las partidas que aquella ciudad y la consignación deben de censos y subsidios al Hospital situados sobre la renta, derechos propios de la misma Universidad, cuyo remedio sería obligar a la ciudad y a la consignación arte cumpliese con su instituto, y que los que debieren paguen, por lo que es de dictamen se deniegue la licencia de comedias que pretende.

            El fiscal de V. M. en vista de todo, dicen que en atención de estar concedida la licencia a la Cofradía de representantes para formar compañías fuera de la Corte, y que por resolución de V. M. a Consulta del Consejo de veinte y tres de mayo de setecientos diez y seis hecha con motivo de lo ocurrido en San Lúcar de Barrameda, que esta licencia es pura permisión con la expresa condición de que haya de intervenir la voluntad y consentimiento de la ciudad, siendo el concepto de todo esto, del supuesto de lo lícito de la representación y de la permisión de V. M., queda a la voluntad de los pueblos practicar esta diversión. Como perteneciente a su gobierno político y económico, y que la misma ciudad de Palma es la que solicita la representación con los motivos tan justificados que tiene expuestos junto con los administradores del Hospital General, sin que por el Capitán General y demás que se han opuesto se hayan manifestado especiales razones, sino sólo las generales en todas ocasiones exponen los prelados y personas eclesiásticas en este asunto, antes sí el nuevo obispo las representa en su informe con más moderación que el antecesor, y el Regente expresamente dice no comprehende especial inconveniente en que se permitan las comedias, y haciéndose cargo de las circunstancias que concurren; podría el Consejo consultar a V. M. en conformidad de la Reales resoluciones que hay en punto de comedias, no haya inconveniente en que siendo de su Real agrado, sin embargo de lo que expusieron el Capitán General, Obispo, Regente, e Intendente, se conceda a la ciudad de administradores del Hospital General de Palma la licencia que piden para la representación de comedias.

            El Consejo considerando que aunque no hay motivo especial para prohibir las comedias en Mallorca, y que solicitando las la misma ciudad conforme a lo resuelto por V. M. el que se deban admitir atendiendo a que a más de treinta años que cesó su representación en aquella isla, y que se enuncia por el Capitán General que en lo antiguo fue causa de bastantes disensiones, y que hoy por haber pasado tanto tiempo causarán mayor novedad en aquellos naturales, y acaso algún desasosiego o inquietud que es mejor evitar de después de sucedida remediar, y que en todo este tiempo sin el emolumento que esto pueda producir sea mantenido el Hospital con la mala administración de sus efectos se expresa dicho Capitán General, y conformándose con el dictamen del Obispo, este parecer de V. M. mande denegar por ahora la licencia que se pide por dicha ciudad y que para remediar la grande necesidad que se pondera de aquel Hospital, se encargue a sus administradores el mayor esfuerzo y celo en la cobranza de sus rentas y emolumentos, y que para que en esto no haya fraude se tomen y reconozcan sus cuentas todos los años, y se cobren con toda puntualidad los alcances que de ellas resulten.

            Y sobre todo resolverá V. M. lo que más fuere de su Real agrado.

            Madrid y noviembre 29 de 1732.

            Resolución Real: “Como parece y se ejecutará”.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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