Día: 9 noviembre, 2020

CARLOS IV. PROYECTO PARA MEJORAR LA HIGIENE DE SUECA, EN VALENCIA. 1791

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En los últimos años del siglo XVIII hubo una mayor preocupación por aplicar medidas higienistas que pudieran mejorar la calidad de vida de los vecinos, como la limpieza, empedrado y ensanche de las calles, y la creación de paseos públicos arbolados. El Alcalde Mayor de la villa valenciana de Sueca, presentó un proyecto para enlosar las calles de la población y evitar con ello los malos olores, puesto que la localidad se asentaba en zona húmeda de la ribera del río Júcar. Para su financiación se propusieron diversos arbitrios, que fueron aprobados por el rey, tras consulta del Consejo de Castilla, excepto el que gravaba el consumo de carne.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. H. N. Consejos legajo 1.961)

            Señor.

            En veinte y seis de octubre de mil setecientos ochenta y nueve representó a Alcalde mayor de la Villa de Sueca, Reino de Valencia, que era necesario componer y empedrar las calles de ella para libertar al Público de los perjuicios que padecía por razón de su desigualdad, muchos lodos, y hediondez de los rebalsos pútridos que producía la abundancia de lluvias, por ser su terreno de poca subsistencia; y propuso para el coste de la obra el arbitrio de cuatro mrs. en libra de carne, ocho en arroba de vino, y doce en la de aguardiente.

            El Consejo en su vista pidió informe al Intendente de Valencia, quien para hacerlo con la instrucción correspondiente, pasó la instancia al Ayuntamiento y Junta de Propios de Sueca, a fin de que acreditase los extremos conducentes al intento, y el coste a que ascendería la obra del empedrado.

            Así lo ejecutó, acreditando por una justificación que practicó con seis testigos, la necesidad del empedrado por las razones expuestas por el Alcalde mayor, y por declaración de los Peritos Alarifes, que su costo ascendería a la cantidad de veinte y dos mil ochocientas trece libras, según el Plan de la obra que levantaron; cuyas diligencias remitió al Intendente, informando que aquella Villa después de cubiertas las cargas y obligaciones del reglamento fijo le sobraban tres mil doscientas y treinta libras, de las que deducidas mil y quinientas que se debían aplicar para el Camino Real proyectado desde la Ciudad de Valencia a la de Denia, restaban mil y setecientas, de las cuales se podrían aplicar anualmente mil y doscientos para la composición y empedró de las calles, y reservar las quinientas restantes para ocurrir a las obras capitales que se ofreciesen en las fincas de Propios.

            Que a dichas obras de empedró debía contribuir los vecinos y terratenientes con casas en la Población; que V. M. como Dueño de la Villa y Gran Maestre de la Orden de Montesa, podía contribuir con lo que fuese de su Real agrado y los Vecinos Artesanos y Jornaleros con caballerías a un jornal en cada semana para la conducción de piedra y materiales; entendiéndose esto para el caso de que no se estimase la imposición de los arbitrios que proponía el Alcalde mayor.

            El Intendente en su vista mandó que D. Vicente Gascó, Director de la Real Academia de San Carlos de Valencia pasase a la Villa de Sueca al reconocimiento de sus calles, e informase lo que entendiese, así en orden a su estado, necesidad, y modo de ejecutar la obra para su mayor solidez y subsistencia, como en cuanto al cálculo de su importe.

            En su consecuencia pasó dicho Arquitecto a Sueca, hizo reconocimiento y medida de las calles, informó que era precisa la imposición de ellas; pero el Proyecto del empedrado no le consideraba medio suficiente para remediar los daños, pues sería una obra de muy poca duración y permanencia, porque siendo la causa del daño de las calles y plazas la flojedad del terreno, y las filtraciones, y manantiales de agua, sucedería que las losas y los empedrados se hundirían cediendo al peso de los carruajes por la ninguna consistencia del suelo, y mezclándose con el fango, perderían la igualdad, y harían el piso aún más intransitable que lo estaba en el día.

            Que el medio que contemplaba oportuno para mejorar el piso, era levantar la superficie con piedra gruesa asclada en el fondo y sobre ella cascajo y escombro de los edificios, y últimamente un palmo de grava, disponiendo la salida de las aguas de las calles y plazas, de forma que no se remansasen, ni descubriesen en parte alguna las aguas lluvias; y necesitando dichos materiales tiempo para consolidarse, era preciso que después de ejecutada la obra se atendiese a la conversación, reponiendo y recargando la grava que se necesitase para mantener la superficie en el mismo ser y estado, hasta que unidos los materiales quedase el piso sólido , igual y sueva, y entonces podría colocarse con toda seguridad de permanencia una hilada de losas en cada acera de las calles más principales para mayor comodidad y hermosura. Que el costo de esta obra, conduciendo los vecinos todo el cascajo y grava que se necesitase y aprovechando la piedra que se hallaba en las calles empedradas de antiguo que estaban destruidas, ascendería a diez y seis mil trescientas cuarenta libras moneda corriente. Que eran adaptables y conformes a razón los arbitrios que proponía el Alcalde mayor, los cuales según las noticias que había tomado, producirían un año con otro mil cuatrocientas libras, pues siendo la obra de utilidad y conveniencia de los vecinos, sufrirían éstos con el coste de ella en el consumo de la carne, vino y aguardiente con la debida proporción; y también consideraba oportuno el medio que proponía la Villa de que los Vecinos, Artesanos, y Jornaleros, contribuyesen con caballerías a la conducción de materiales; pero se debía reducir dicha contribución a solas quince tandas o jornales cada año, pues una todas las semanas era carga insoportable, con lo cual, si se conseguía alguna ayuda de parte de V. M. podrán ejecutarse y perfeccionarse las obras en breve tiempo; que no hallaba bastante motivo para que los terratenientes y dueños de casas contribuyesen como proponía  la Villa, pues la composición de las calles era de interés y comodidad para los vecinos, y no para los terratenientes  y los dueños de casas tendrían que costear el acomodar sus lindares y entradas, y la extracción de aguas de sus corrales, y últimamente que haya por ahora insuficientes los sobrantes de Propios por ser evidente la imposibilidad en el día de su aplicación a causa de tener la Villa que construir de nueva planta las Carnicerías, Nevería, y Tienda de Comestibles que era obra de mucho coste, y que hasta que estuviese ejecutada y concluida, comprendía que no convenía invertir cosa alguna de los caudales públicos en algún otro objeto, por ser este muy interesante y útil a todo el Común.

            Remitidas las referidas diligencias por el Intendente con su informe, y el que de su orden ejecutó en vista de ellas el Contador principal de Rentas, conformándose uno y otro con lo expuesto por el Arquitecto Director de la Real Academia de San Carlos, se mandó pasar el expediente al Fiscal de V. M., quien en respuesta de diez y siete de junio próximo, dijo: que hallaba comprobados los extremos de necesidad y utilidad que debían tenerse presentes para adoptar la ejecución de iguales Proyectos, en cuyo concepto, y en el de estar allanados los medios de ocurrir a los gastos por la proposición de arbitrios que se enunciaban y parecían proporcionados y equitativos, se podría aprobar el pensamiento, mandando se pusiese en ejecución, y comunicando para ello las órdenes convenientes.

            El Consejo, Señor, reconoce la urgente necesidad que la Villa de Sueca tiene de ocurrir a los perjuicios que causa la detención y rebalso de aguas en sus calles, no solo por la incomodidad del piso a los vecinos y forasteros que transitan por ella, sino también y más principalmente a la salud pública. El Consejo no puede desentenderse de la importancia de estos objetos a los cuales a los cuales están por su naturaleza destinados los fondos públicos donde los hay, y a falta de éstos es preciso que los vecinos mismos que han experimentado el beneficio, sufran el gravamen, bien que sea por el edio más suave. Los caudales de Propios de la Villa de Sueca están ya destinados a la construcción de otras obras públicas, y para ocurrir a las necesarias para el aseo y limpieza de sus calles, el Alcalde mayor y Ayuntamiento proponen como medio oportunos la imposición del arbitrio de cuatro mrs., y doce en la de aguardiente de lo que se consuma y venda en aquel Pueblo, añadiendo el Intendente el conformidad de lo expuesto por D. Vicente Gascó, que los Artesanos y Jornaleros contribuyan con caballerías a la conducción de materiales.

            El Consejo. Señor, estima que debe adoptarse la imposición de los arbitrios propuestos por todo el tiempo necesario para la conclusión de las obras proyectadas por el citado Gascó, en que cada vecino contribuirá a proporción a su consumo, pero de ningún modo debe cargarse a los Jornaleros y Artesanos con la conducción de materiales, porque sobre ser la porción del Pueblo más necesitada, vendrían a quedar gravados por dos partes, a saber como consumidores en los arbitrios y después con la porción de jornales que se les repartiese. Así, Señor, el Consejo es de parecer que siendo V. M. servido podrá dignarse conceder su Real permiso para que en la Villa de Sueca se impongan los arbitrios que cuatro mrs. en libra de carne, ocho en arroba de vino, y doce en la de aguardiente, con destino preciso a las obras proyectadas por el Arquitecto D. Vicente Gascó, y bajo la dirección de éste por todo el tiempo necesario para su conclusión, encargando al Intendente de Valencia el cuidado de que estos arbitrios se subasten y rematen anualmente en el mayor postor, y su importe se invierta en las mencionadas obras, de cuyo adelantamiento e inversión de caudales deberá dar cuenta cada año al Consejo, y estar a la mira para que concluidas que sean las obras, cesen los arbitrios. V. M. sobre todo resolverá lo que fuere de su mayor agrado.

            Madrid, y octubre 13 de 1791.

            Resolución de S. M.: “Como parece, exceptuando el impuesto sobre las carnes”.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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