Día: 27 May, 2020

CARLOS III. TEMOR A QUE EL JESUITA ISLA HUBIERA REMITIDO A INGLATERRA UNA SÁTIRA CONTRA LA CORONA. 1773.

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En diciembre de 1772 el embajador Moñino dio aviso a Madrid de que el responsable del correo del ducado de Toscana, Camilo Businari, había remitido un libro al comerciante genovés Juan Bautista Caffarena con el encargo de su envío a Londres. La sospecha de que fuera Isla el autor del libro y su expendedor a Inglaterra, movilizó todas las instancias de la administración española, temerosa de que el contenido de lo que desconocía si era impreso o manuscrito pudiera ser una sátira que dañara los intereses y la imagen de la Corona, para lo que el Consejo sugirió que el encargado de negocios español en Londres, Francisco Escarano, estuviera en alerta para el supuesto de que el manuscrito hubiera llegado a Inglaterra. Finalmente, todo fue una falsa alarma.

(España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte A. G. S. Gracia y Justicia legajo 671)

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Señor.

En Consulta de 30 de marzo de este año hizo presente a V. M.  el Consejo en el Extraordinario la noticia que tuvo comunicada al Conde de Aranda, Presidente, por D. José Moñino, Ministro de V. M. en Roma de haberse dirigido desde Bolonia a Génova para su remesa a Londres cierto libro manuscrito de que se cree sea autor el expulso José Francisco de Isla, y que pueda ser alguna sátira de la misma especie que la de la estampa publicada con el título de Juicio Universal, añadiendo haber el Consejo encargado al mismo Ministro practicara las más activas y eficaces diligencias a fin de averiguar el paradero de dicho manuscrito, y recogerle por lo mucho que interesa en ello el real servicio de V. M.  y la tranquilidad pública, poniendo el Consejo esta noticia en la Soberana comprensión de V. M. para las demás providencias que fueren de su real agrado.

En consecuencia del encargo que se hizo a D. José Moñino avisó en carta de 22 de abril, no haber descubierto cosa alguna sobre este particular no obstante las diligencias practicadas sin intermisión, ofreciendo continuarlas con la actividad y eficacia que conviene, y dar aviso de lo que de ellas resulte.

Y el Comisario Real D. Fernando Coronel, reiterando lo que informó antes sobre la remesa del citado manuscrito a Génova a poder del comerciante Juan Bautista Cafarena con encargo de dirigirlo a Londres, añade no haber podido averiguar su contenido, ni la persona de aquella Corte a quien se ha encaminado, e insiste en que según las señas que le ha dado Camilo Bursinari del jesuita que le entregó el manuscrito empaquetado para su remesa a Génova es autor de él el expulso José Francisco de Isla, aunque no lo afirma, por no tener evidencia.

Pasado todo al Fiscal de V. M. D. Pedro Rodríguez Campomanes fue de parecer en respuesta de 24 de mayo último se haga presente a V. M.  por Consulta lo que resulta de estas nuevas noticias, para que si es de su real agrado se sirva mandar por la vía reservada de Estado, que el encargado de los negocios de España en Londres esté a la mira del envío, e impresión del expresado manuscrito, procurando tomar reservadamente por los medios que juzgue más oportunos cuantas noticias convengan, a fin de venir en conocimiento de su contenido y paradero, para que con conocimiento de todo se puedan tomar las providencias convenientes.

El Consejo, Señor, en el Extraordinario se ha enterado de las nuevas noticias comunicadas por D. José Moñino y D. Fernando Coonel, y teniendo presentes los antecedentes de este expediente, con lo que expone el Fiscal de V. M., estima conveniente se sirva V. M. mandar, que por la vía reservada de Estado se prevenga al encargado de los negocios de España en Londres esté a la mira del envío e impresión del manuscrito de que va hecha mención, tomando reservadamente cuantas noticias crea oportunas a averiguar su contenido y paradero para las providencias que convenga tomar en vista de ellas.

V. M. resolverá lo que tuviere por conveniente, y lo que sea más de su real servicio.

Madrid, 10 de julio de 1773.

 

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons “Reconocimiento – No comercial”. El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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