CARLOS IV. ARAGÓN. RIFA PARA SOCORRER A LOS POBRES. 1804

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Ante la gran cantidad de pobres existentes en Zaragoza por las malas cosechas y el encarecimiento de los productos de primera necesidad, la Audiencia de Aragón y el Capitán General del Reino proponen efectuar una rifa con el fin de poder administrarles una sopa económica. El monarca, pese al apoyo del Consejo de Castilla a la iniciativa, toma la resolución de denegar su permiso.

* (España. Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. A. H. N. Consejos Libro 1.974)

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Señor.

La Real Audiencia de Aragón hizo al Consejo una representación en 1º de diciembre del año próximo pasado de 1803 en que expresó: que la infeliz cosecha de granos de aquel Reino, y mucho más miserable en las Provincias confinantes, había traído a la Capital de Zaragoza una multitud de pobres que llenaban de lástima y compasión especialmente las familias enteras de castellanos compuestas de padres y de cuatro o más hijos pequeños, imposibilitados por su tierna edad a ganar el sustento, aumentándose la desdicha de estas desgraciadas familias por haber fallecido algunos padres en el Hospital General, dejando a sus hijos abandonados, sin abrigo, sin dirección, y sin otro arrimo que el de la piedad.

Que para los trabajadores y braceros se proporcionaba en las obras del Canal Imperial la ocupación en que ganaban su alimento, admitiéndose al trabajo cuantos se presentaban, que en el año próximo pasado era un beneficio grande, pues se mantenían muchas familias que habían de mendigar, pero los pobres forzados de su imposibilidad física, que eran un objeto que hacía gemir a los corazones compasivos, y en que la humanidad se llenaba de tristeza habían llamado toda la atención de la Audiencia y su Presidente al unísono habían recurrido para poder aliviar a estos infelices.

Que la pobreza, la falta de alimentos, y el desamparo causaba enfermedades, y así era que el Hospital General de Nuestra Señora de Gracia se había llenado de enfermos, de modo que ni sus fondos ni en edificio podía sostenerlos; que el Hospital de Nuestra Señora de Misericordia encerraba y mantenía cuantos pobres permitían sus facultades; que el Hospital de Niños huérfanos era para limitado número, y se hallaba completo; y finalmente la pequeña Casa de Refugio los admitía por las noches en multitud que había exigido remedio por las malas consecuencias que podían temerse.

Que aunque se había creado una Junta a que asistiría un Oidor nombrado ya por el Acuerdo para establecer una sopa económica con que pudiese socorrerse cierta clase de pobres a imitación de lo que se hizo en Barcelona, pero esto no podía bastar ni aliviar la multitud de miserables, ni al pueblo de la tristeza y molestia que le causaban esparcidos por las calles, repitiendo sus ruegos sin cesar con la energía que dictaba una verdadera necesidad.

Que en esta situación había creído el Acuerdo, con su Presidente, que si pudiera proporcionar caudal haría a la causa pública el mayor bien aliviando tantos infelices, ya fuese con el recogimiento en la Casa de Misericordia, o ya por otros medios que pareciesen más convenientes. Que uno de los arbitrios en que habían pensado eran el de las rifas de dinero, y sus lotes acomodados en la cantidad y en le modo a las circunstancias de aquella Ciudad, pues el éxito favorable que tuvieron en Barcelona en el año de 1799 daba esperanzas fundadas de que también en Zaragoza se conseguiría la reunión de algún caudal.

Que el objeto no podía ser más digno de la atención del Gobierno, en el cual debía callar el rigor de la Ley, y más siendo una contribución voluntaria de los que quisiesen exponer una mínima cantidad para que la suerte les diese otra de alguna consideración; y como en aquella se envolviesen la limosna y la caridad, excitaría a muchos, que conocerían que así hacían limosna con la seguridad de que socorrían la verdadera necesidad; y a fin de llevar a efecto este laudable pensamiento, solicitó la Audiencia se la concediese permiso para hacer la rifa de dinero en los lotes, y también de alhajas si lo considerase conveniente el Consejo, bajo las reglas, orden, y modo con que lo hizo la Junta de Caridad de la Ciudad de Barcelona, y demás que considerase oportunas para invertir la misma Audiencia su producto en socorro y alivio de los pobres, quedando a su conocimiento el destino que debiese darse al dinero.

Esta representación pasó a los tres Fiscales de V. M., quienes dijeron no hallaban reparo en que se aprobase el arbitrio que proponía la Audiencia de Aragón a consulta con V. M.

El Consejo, Señor, ha examinado con toda reflexión lo que expone la vuestra Audiencia de Zaragoza, y hecho cargo de la multitud de pobres que han acudido a aquella Capital a buscar el auxilio, de que carecen en las críticas circunstancias del día por la carestía general de víveres, le parece no hay otro medio más propio y menos gravoso que el que propone la misma vuestra Audiencia, a la que podrá V. M. siendo servido conceder el permiso que solicita para realizar la rifa que intenta establecer con el objeto de acudir a la manutención de tanto desvalido en los términos, y bajo las condiciones que indica.

  1. M. sin embargo se servirá resolver lo que fuese más de su Real agrado.

Madrid, 21 de febrero de 1804.

Resolución de S. M.: No vengo en ello.

*Selección y transcripción de Enrique Giménez López, 2017, bajo licencia Creative Commons «Reconocimiento – No comercial». El autor permite copiar, reproducir, distribuir, comunicar públicamente la obra, y generar obras derivadas siempre y cuando se cite y reconozca al autor original. No se permite utilizar la obra con fines comerciales.

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